Torremocha de Jarama (BOCM-20220419-100)
Régimen económico. Ordenanza fiscal impuesto bienes inmuebles
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 19 DE ABRIL DE 2022

B.O.C.M. Núm. 92

DISPOSICIÓN ADICIONAL
Las modificaciones introducidas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado o
cualquier otra norma con rango legal que afecten a cualquier elemento del presente impuesto serán de aplicación automática dentro del ámbito de esta Ordenanza.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Queda derogada la anterior Ordenanza fiscal y cuantas disposiciones municipales de
igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Se faculta al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Torremocha de Jarama para interpretar y resolver cuantas cuestiones surjan de la aplicación de la ordenanza y para que dicte los acuerdos complementarios necesarios para el desarrollo y cumplimiento de la misma.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

BOCM-20220419-100

La presente Ordenanza entrará en vigor entrará en vigor en el momento de su publicación integra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa”.
Torremocha de Jarama, a 1 de abril de 2022.—El alcalde-presidente, Carlos Rivera
Rivera.
(03/6.884/22)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791