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Convenio –  Convenio de 21 de junio de 2021, entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad de Madrid, en materia de asistencia sanitaria y para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación y de la optimización de los recursos sanitarios
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 92

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 19 DE ABRIL DE 2022

Pág. 213

Centro Sanitario de “Vida y Esperanza” en la Red Sanitaria de Utilización Pública de dicha
Comunidad.
Cuarto
Que el Hospital Central de la Defensa “Gómez Ulla” Centro Sanitario de “Vida y Esperanza” dispone del suficiente nivel técnico-asistencial y capacidad de prestaciones como
para atender con plena eficacia la demanda asistencial de recursos sanitarios en la Comunidad de Madrid, por lo que resulta conveniente la colaboración entre las redes asistenciales
del Ministerio de Defensa y de la Consejería de Sanidad, así como de los profesionales que
las asisten, de tal manera que redunde en mejores prestaciones a los beneficiarios de la asistencia sanitaria pública de la Comunidad de Madrid.
Quinto
Que el ejercicio de las funciones sanitarias propias, tanto del Ministerio de Defensa
como de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, requiere una adecuada capacitación del personal sanitario, capacitación que se pretende conseguir, dada su especial
relevancia, mediante la participación en programas de formación y prácticas en la forma
que se determine conjuntamente.
Sexto
Por último, que se considera necesario optimizar el uso de los recursos puestos a disposición de ambas administraciones mediante una adecuada coordinación entre las mismas.
Se formaliza el presente Convenio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de
la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero de Estatuto de Autonomía de la Comunidad
de Madrid, artículo 21 y 44 de la Ley 1/1983 de Gobierno y Administración de la Comunidad, artículo 61 de la Ley 12/2001 de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid y
conforme a lo dispuesto en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del Convenio
Establecer las bases de relación entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad de
Madrid en materia de asistencia sanitaria y para la realización de determinadas actuaciones
en el terreno de la formación y de la optimización de los recursos sanitarios, dentro del ámbito de competencia de cada una de las partes, con vistas a la utilización de los recursos que
se detallan a continuación.
Segunda

La oferta asistencial del Hospital Central de la Defensa “Gómez Ulla” Centro Sanitario de “Vida y Esperanza”, en adelante HCDGU-CSVE, al Servicio Madrileño de Salud, en
adelante SERMAS, viene determinada por su cartera de servicios, que se incorpora como
Anexos II y III del presente Convenio.
Cualquier modificación de la cartera de servicios de obligado cumplimiento para la
asistencia sanitaria distinta de la incorporada en los Anexos II y III, se financiará según las
condiciones económicas que convengan ambas partes mediante adenda.
La inclusión en el Convenio de servicios asistenciales distintos de los expresados en
los anexos citados requerirá la propuesta previa de la Comisión de Seguimiento del Convenio y el acuerdo de ambas partes mediante adenda.

BOCM-20220419-63

Alcance y características de la relación en materia
de asistencia sanitaria: cartera de Servicios