Madrid (BOCM-20220413-46)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Competencias Área de Gobierno Hacienda y Personal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 88

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE ABRIL DE 2022

Pág. 209

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Gobierno de Vicealcaldía
Acuerdo de 31 de marzo de 2022, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por
el que se modifica el Acuerdo de 27 de junio de 2019, de organización y competencias del
Área de Gobierno de Hacienda y Personal.

ACUERDA
Primero.—Modificar el Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de
la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y
Personal, en los términos que se indican a continuación:
Uno. En el apartado 10.o, se suprimen los números 1.o y 2.o de la letra d) del punto 1.3, que quedan sin contenido.

BOCM-20220413-46

El artículo 17.1.h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración Municipal Ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.
Mediante Acuerdo de 27 de junio de 2019, la Junta de Gobierno estableció la organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal. Las competencias específicas de las Direcciones Generales de Presupuestos y de Costes y Gestión de Personal,
establecidas, respectivamente, en los apartados 10.o y 12.o de dicho acuerdo, fueron modificadas por Acuerdo de 18 de marzo de 2021, de la Junta de Gobierno, el cual atribuyó a la
Dirección General de Costes y Gestión de Personal aquellas competencias de emisión de
informes previos que estaban atribuidas a la Dirección General de Presupuestos, relacionadas con el capítulo 1 de los Presupuestos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos. Esta modificación competencial permitió unificar en un mismo centro directivo dichas competencias relacionadas con el citado capítulo 1, y garantizar de este modo, tanto la
mejora en la gestión como la máxima coordinación y eficiencia en la consecución de los
objetivos asignados.
De igual manera, con el fin de profundizar en los objetivos indicados de mejora en la
gestión y de coordinación y eficiencia, el presente Acuerdo, de modificación parcial del citado Acuerdo de 27 de junio de 2019, en su redacción dada por dicho Acuerdo de 18 de
marzo de 2021, tiene por objeto atribuir a la Dirección General de Costes y Gestión de Personal aquellas competencias de emisión de informes previos relativos a los Convenios Colectivos y a los contratos mercantiles o de alta dirección de las sociedades mercantiles municipales. Asimismo, con el fin señalado, el presente Acuerdo atribuye a la Dirección
General de Costes y Gestión de Personal las competencias de establecimiento de las líneas
generales de actuación de las sociedades mercantiles en materia de personal, seguimiento
de su actividad en dicha materia, de emisión de informes relativos a las modificaciones estatutarias que afecten a los gastos de personal, así como de asesoramiento a las sociedades
mercantiles del Ayuntamiento de Madrid y al resto de entidades del sector público del
Ayuntamiento de Madrid en materia de gastos y gestión de personal, que estaban atribuidas a la Dirección General de Presupuestos.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.h) y 17.2 de la
Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de
Madrid, de 31 de mayo de 2004, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Hacienda y Personal, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 31 de marzo de 2022,