Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias (BOCM-20220409-2)
Urbanismo. Normas Subsidiarias
350 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 40
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 9 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 85
Si su tramitación se inicia antes de transcurrir un año desde la aprobación definitiva de estas
Normas Subsidiarias, o de las sucesivas revisiones que hubiere, las modificaciones no podrán
alterar ni la clasificación del suelo vigente, ni la calificación que implique el destino a parques,
zonas verdes, espacios libres, zonas deportivas o de recreo y expansión o equipamientos
colectivos.
No podrán tramitarse modificaciones correspondientes at nivel de planeamiento general una vez
que se da ya alguno de los supuestos que justificarían una revisión total, de los enumerados en
1.5.3.
A los efectos de tramitación de modificaciones previstos en al artículo 45 de la Ley del Suelo de la
CAM (9/95, de 28 de Marzo), se incluye a continuación el listado identificativo del rango de
planeamiento de las distintas determinaciones que incluyen las presentes Normas Subsidiarias.
A.
Rango de planeamiento general
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
B.
Sistemas Generales de Infraestructuras, comunicaciones, espacios libres y
equipamientos.
Delimitación del Suelo Urbano.
Delimitación del Suelo Apto para Urbanizar.
Delimitación del Suelo No Urbanizable.
Establecimiento de categoría de protección en suelo no urbanizable.
Definición del concepto de núcleo de población.
Asignación de usos y niveles de intensidad aplicables a las diferentes zonas en
suelo urbano.
Asignación de usos y niveles de intensidad aplicables a las diferentes zonas en
suelo apto para urbanizar.
Normas Urbanísticas.
Trazado y características de la red viaria en suelo urbano, con determinación de
alineaciones y rasantes.
Señalamiento y delimitación de zonas de protección especial en Suelo No
Urbanizable.
Orden de Prioridades y Plazos.
Delimitación de Áreas de Reparto en Suelo Apto para Urbanizar, con fijación de sus
correspondientes aprovechamientos tipo.
Catálogo y normativa de Protección de elementos singulares.
Rango de Planeamiento de Desarrollo.
1.
2.
3.
1.5.6.
Delimitación de Unidades de Ejecución en Suelo Urbano y Apto para Urbanizar.
Trazado de las redes de infraestructuras básicas.
Trazados indicativos de viario y localización de cesiones locales en Suelo Apto para
Urbanizar.
SUSPENSIÓN DEL PLANEAMIENTO
BOCM-20220409-2
Cuando concurran circunstancias especiales, y previos los trámites oportunos, el Consejo de
Gobierno de la Comunidad de Madrid podrá suspender la vigencia de las presentes Normas
Subsidiarias o de los Planes y Proyectos que las desarrollen, en la forma y plazos y efectos
señalados en el Art. 130 de la Ley del Suelo y Art 163 del Reglamento del Planeamiento y
concordantes, en todo o en parte de su ámbito, para acordar su revisión; todo ello según lo
dispuesto en el artículo 6.3 del Decreto Comunitarito 69/83, de 30 de junio, sobre distribución de
competencias en materia de ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda entre los órganos de
la Comunidad de Madrid.
Pág. 40
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 9 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 85
Si su tramitación se inicia antes de transcurrir un año desde la aprobación definitiva de estas
Normas Subsidiarias, o de las sucesivas revisiones que hubiere, las modificaciones no podrán
alterar ni la clasificación del suelo vigente, ni la calificación que implique el destino a parques,
zonas verdes, espacios libres, zonas deportivas o de recreo y expansión o equipamientos
colectivos.
No podrán tramitarse modificaciones correspondientes at nivel de planeamiento general una vez
que se da ya alguno de los supuestos que justificarían una revisión total, de los enumerados en
1.5.3.
A los efectos de tramitación de modificaciones previstos en al artículo 45 de la Ley del Suelo de la
CAM (9/95, de 28 de Marzo), se incluye a continuación el listado identificativo del rango de
planeamiento de las distintas determinaciones que incluyen las presentes Normas Subsidiarias.
A.
Rango de planeamiento general
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
B.
Sistemas Generales de Infraestructuras, comunicaciones, espacios libres y
equipamientos.
Delimitación del Suelo Urbano.
Delimitación del Suelo Apto para Urbanizar.
Delimitación del Suelo No Urbanizable.
Establecimiento de categoría de protección en suelo no urbanizable.
Definición del concepto de núcleo de población.
Asignación de usos y niveles de intensidad aplicables a las diferentes zonas en
suelo urbano.
Asignación de usos y niveles de intensidad aplicables a las diferentes zonas en
suelo apto para urbanizar.
Normas Urbanísticas.
Trazado y características de la red viaria en suelo urbano, con determinación de
alineaciones y rasantes.
Señalamiento y delimitación de zonas de protección especial en Suelo No
Urbanizable.
Orden de Prioridades y Plazos.
Delimitación de Áreas de Reparto en Suelo Apto para Urbanizar, con fijación de sus
correspondientes aprovechamientos tipo.
Catálogo y normativa de Protección de elementos singulares.
Rango de Planeamiento de Desarrollo.
1.
2.
3.
1.5.6.
Delimitación de Unidades de Ejecución en Suelo Urbano y Apto para Urbanizar.
Trazado de las redes de infraestructuras básicas.
Trazados indicativos de viario y localización de cesiones locales en Suelo Apto para
Urbanizar.
SUSPENSIÓN DEL PLANEAMIENTO
BOCM-20220409-2
Cuando concurran circunstancias especiales, y previos los trámites oportunos, el Consejo de
Gobierno de la Comunidad de Madrid podrá suspender la vigencia de las presentes Normas
Subsidiarias o de los Planes y Proyectos que las desarrollen, en la forma y plazos y efectos
señalados en el Art. 130 de la Ley del Suelo y Art 163 del Reglamento del Planeamiento y
concordantes, en todo o en parte de su ámbito, para acordar su revisión; todo ello según lo
dispuesto en el artículo 6.3 del Decreto Comunitarito 69/83, de 30 de junio, sobre distribución de
competencias en materia de ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda entre los órganos de
la Comunidad de Madrid.