Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias (BOCM-20220409-2)
Urbanismo. Normas Subsidiarias
350 páginas totales
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 85
SÁBADO 9 DE ABRIL DE 2022
Pág. 37
PARTE II
NORMAS URBANÍSTICAS
0.
PRESENTACIÓN
El presente documento contiene las Normas Urbanísticas de las Normas Subsidiarias Municipales
de LOZOYUELA-NAVA5-SIETEIGLESIAS, cuya redacción ha sido abordada por el propio
Ayuntamiento.
El documento recoge los contenidos indicados en el artículo 80.2-d del Texto refundido de la Ley
del Suelo de 1992 (RDL 1/1992, de 26 de Junio; BOE 30-6-92). Este documento se complementa
con el resto de los que integran las Normas Subsidiarias y que se entregan conjuntamente, en
cumplimiento del Pliego de Condiciones del Contrato de Asistencia Técnica para la realización de
estos trabajos.
El trabajo ha sido realizado bajo la dirección del arquitecto D. Jesús Mª Rueda Colinas,
adjudicatario del contrato, durante 1995, habiendo intervenido en su redacción las siguientes
personas:
Jesús Mª Rueda Colinas, Arquitecto.
Mª Ángeles Vega González, Arquitecto
Rafael Hernando de la Cuerda, Arquitecto.
Ana Rodríguez García, Arquitecto.
Manuel Gil Martínez, Biólogo.
DETERMINACIONES GENERALES
1.1.
OBJETO, NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS
1.1.1.
OBJETO Y FUNDAMENTO
El objeto de las presentes Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal es la Ordenación
Urbanística del territorio del término, estableciendo los regímenes jurídicos correspondientes a cada
dase y categoría del mismo, delimitando las facultades urbanísticas propias del derecho de
propiedad suelo y especificando los deberes que condicionan la efectividad y ejercicio de dichas
facultades.
1.1.2.
REVISIÓN Y ADAPTACIÓN
Las presentes Normas Subsidiarias de Planeamiento, sustituyen en el ámbito del Término
Municipal a las aprobadas definitivamente por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid
en 1990.
Se determina así una ordenación urbanística del territorio municipal ajustada a las necesidades y
características locales, a la vez que se da cumplimiento al mandato legal de adaptación del
Planeamiento Municipal a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y
Ordenación Urbana (R.D.L. 1/1992, de 26 de junio; B.O.E. 30-6-92), en adelante Ley del Suelo, y
en la Ley 9/1995, de 28 de Marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo de la
Comunidad de Madrid (BOCAM N° 86, de 11 de Abril de 1995.
1.1.3.
CARÁCTER
Estas Normas Subsidiarias de Planeamiento tienen las siguientes características:
A.
B.
C.
Son una ordenación integral del territorio de ámbito municipal
Son originarias, no derivadas o dependientes. Solo en el caso de que se apruebe una
figura de planeamiento supramunicipal que les afecte o modifique, estas Normas deberán
acomodarse a sus determinaciones.
Son inmediatamente ejecutivas.
BOCM-20220409-2
1.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 85
SÁBADO 9 DE ABRIL DE 2022
Pág. 37
PARTE II
NORMAS URBANÍSTICAS
0.
PRESENTACIÓN
El presente documento contiene las Normas Urbanísticas de las Normas Subsidiarias Municipales
de LOZOYUELA-NAVA5-SIETEIGLESIAS, cuya redacción ha sido abordada por el propio
Ayuntamiento.
El documento recoge los contenidos indicados en el artículo 80.2-d del Texto refundido de la Ley
del Suelo de 1992 (RDL 1/1992, de 26 de Junio; BOE 30-6-92). Este documento se complementa
con el resto de los que integran las Normas Subsidiarias y que se entregan conjuntamente, en
cumplimiento del Pliego de Condiciones del Contrato de Asistencia Técnica para la realización de
estos trabajos.
El trabajo ha sido realizado bajo la dirección del arquitecto D. Jesús Mª Rueda Colinas,
adjudicatario del contrato, durante 1995, habiendo intervenido en su redacción las siguientes
personas:
Jesús Mª Rueda Colinas, Arquitecto.
Mª Ángeles Vega González, Arquitecto
Rafael Hernando de la Cuerda, Arquitecto.
Ana Rodríguez García, Arquitecto.
Manuel Gil Martínez, Biólogo.
DETERMINACIONES GENERALES
1.1.
OBJETO, NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS
1.1.1.
OBJETO Y FUNDAMENTO
El objeto de las presentes Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal es la Ordenación
Urbanística del territorio del término, estableciendo los regímenes jurídicos correspondientes a cada
dase y categoría del mismo, delimitando las facultades urbanísticas propias del derecho de
propiedad suelo y especificando los deberes que condicionan la efectividad y ejercicio de dichas
facultades.
1.1.2.
REVISIÓN Y ADAPTACIÓN
Las presentes Normas Subsidiarias de Planeamiento, sustituyen en el ámbito del Término
Municipal a las aprobadas definitivamente por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid
en 1990.
Se determina así una ordenación urbanística del territorio municipal ajustada a las necesidades y
características locales, a la vez que se da cumplimiento al mandato legal de adaptación del
Planeamiento Municipal a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y
Ordenación Urbana (R.D.L. 1/1992, de 26 de junio; B.O.E. 30-6-92), en adelante Ley del Suelo, y
en la Ley 9/1995, de 28 de Marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo de la
Comunidad de Madrid (BOCAM N° 86, de 11 de Abril de 1995.
1.1.3.
CARÁCTER
Estas Normas Subsidiarias de Planeamiento tienen las siguientes características:
A.
B.
C.
Son una ordenación integral del territorio de ámbito municipal
Son originarias, no derivadas o dependientes. Solo en el caso de que se apruebe una
figura de planeamiento supramunicipal que les afecte o modifique, estas Normas deberán
acomodarse a sus determinaciones.
Son inmediatamente ejecutivas.
BOCM-20220409-2
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