Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias (BOCM-20220409-2)
Urbanismo. Normas Subsidiarias
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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SÁBADO 9 DE ABRIL DE 2022

B.O.C.M. Núm. 85

NORMAS SUBSIDIARIAS DEL PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE LOZOYUELA-NAVASSIETEIGLESIAS

I. INTRODUCCIÓN
1. CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA REVISIÓN.
Los cinco años de vigencia de las Normas, aprobadas en 1990, han permitido constatar su eficacia
global como documento de planeamiento para encauzar el desarrollo urbanístico del municipio. No
obstante, se han podido constatar determinados aspectos, fundamentalmente de gestión, que
deben ser reconsiderados dada su nula operatividad para las posibilidades, recursos y dinámica
tanto del Ayuntamiento como de los operadores que actúan en la zona. De igual manera, algunas
propuestas de ordenación se han revelado poco viables, debiendo reestudiarse para' ser resuel1as
de manera más satisfactoria.
El limitado alcance de cada uno de los aspectos a reconsiderar podría ser introducido en el
planeamiento mediante modificaciones puntuales, ya que no afectan al modelo territorial ni a la
ordenación global, que se sigue manteniendo. No obstante, el elevado número de estas
modificaciones que sería necesario tramitar, aconsejan su refundición en un único documento con
carácter de Revisión de Normas.
La necesidad de adaptar el planeamiento a la nueva Ley del Suelo (R.D.L. 1/1992, de 26 de junio;
B.O.E. nº 156 de 30 de junio) y a la Ley 9/1995 de 28 de Marzo, de Medidas de Política Territorial,
Suelo y Urbanismo de la comunidad de Madrid, son motivos que abundan sobre los anteriores
para la formulación de esta Revisión de las Normas Subsidiaria Municipales.

2. ANTECEDENTES DE PLANEAMIENTO.
2.1. PLANEAMIENTO VIGENTE
Las vigentes Normas Subsidiaras de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, fueron aprobadas
definitivamente en 1990 por la Comunidad de Madrid, organismo al cual el Ayuntamiento había
subrogado sus competencias para la revisión de las anteriores Normas, que correspondían a las
formuladas en 1978 por la extinta COPLACO.
2.2. REVISIÓN DEL PLANEAMIENTO
Habiendo adquirido los trabajos de Revisión de las Normas Subsidiarias suficiente grado de
desarrollo como para formular los Criterios, Objetivos y Soluciones Generales de Planeamiento, y
conforme al artículo 125, por remisión del 151, del Reglamento de Planeamiento, se formalizó un
documento con el carácter de Avance definido en el artículo 103 de la Ley de la Ley del Suelo,
para ser sometido al trámite de exposición pública.
El Pleno del Ayuntamiento de Lozoyuela - Navas - Sieteiglesias" acord6 la exposición pública de
este Avance, que se inició tras la publicación de dicho acuerdo en el BOCAM n° 103 de 2 de Mayo
de 1995, dándose por finalizado el 15 de Junio de 1995, recogiéndose un total de 36 sugerencias.

El acuerdo de Aprobación inicial fue adoptado en la Sesión Plenaria del 27 de Octubre de 1995.
Tras la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid n°
150, del 15 de Noviembre de 1995, se abrió el preceptivo período de información pública del
documento, a lo largo del cual se recogieron alegaciones de los particulares interesados, así como
formes de los organismos y entidades afectados por razón de competencias, conforme al artículo
128 del Reglamento de Planeamiento. Terminado el referido plazo, se registraron un total de 33
alegaciones.
Examinados todos los escritos presentados, se elaboró un informe sobre cada uno de ellos, así
como una propuesta de resolución, también individualizada, para que el Pleno del Ayuntamiento
adoptara los correspondientes acuerdos.

BOCM-20220409-2

Tras el estudio de todas ellas par parte del Ayuntamiento y del Equipo Técnico Redactor, se
elaboró el documento de Aprobación inicial recogiendo las modificaciones derivadas tanto de las
sugerencias estimadas como del propio desarrollo del trabajo.