Soto del Real (BOCM-20220124-84)
Organización y funcionamiento. Reglamento participación ciudadana
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BOCM

LUNES 24 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 19

En esta tarea el Ayuntamiento garantizará la igualdad entre la mujer y el hombre, promoviendo la libre participación y eliminando cualquier discriminación por razón de sexo,
raza u origen étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual.
Se pretende con esto defender los intereses generales de la ciudadanía en calidad de
habitantes, usuarios y en definitiva destinatarios finales de las políticas municipales a través de su participación en todos los ámbitos de gestión que sean de su interés.
TÍTULO PRELIMINAR
Disposiciones generales
Artículo 1. El objeto del presente Reglamento es regular las formas, medios y procedimientos de participación de los vecinos y vecinas de Soto del Real en la gestión municipal, tanto individualmente como a través de entidades ciudadanas o colectivos. La motivación de este reglamento es el reconocimiento de una obligación por parte del
Ayuntamiento de crear cauces de participación a la ciudadanía.
En concreto se pretenden los siguientes objetivos:
— Aproximar la gestión municipal a la ciudadanía.
— Promover, facilitar y regular la participación del vecindario y de las entidades y
colectivos del municipio.
— Fomentar el asociacionismo en nuestro municipio.
— Mejorar la gestión contando con la opinión de los destinatarios últimos de las políticas municipales.
Art. 2. El ámbito de aplicación de esta normativa incluye a todo el vecindario del
municipio y a las entidades ciudadanas y colectivos con presencia en el Término Municipal de Soto del Real.
A efectos de este Reglamento se considera “vecindario” o “vecindad” al conjunto de
vecinos y vecinas del municipio, inscritos en el Padrón Municipal de Habitantes; “entidades ciudadanas” a aquellas inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de
acuerdo a los procedimientos establecidos en este Reglamento; y “colectivos” a aquellas
agrupaciones que, si bien reúnen a personas con un interés común, no tienen entidad jurídica ni por lo tanto están inscritas en el citado Registro.
Art. 3. Los procesos participativos sirven para adoptar, entre los ciudadanos del municipio, los objetivos previstos en este Reglamento. El contenido de este Reglamento será
flexible y revisable a medida que los participantes en dichos procesos propongan cambios
e introduzcan mejoras adaptadas al momento.
TÍTULO I
Derechos y deberes de los vecinos y vecinas de Soto del Real
Art. 4. Todo el vecindario de Soto del Real tiene derecho a participar en la gestión
municipal directamente, de manera individual o colectiva (a través de las asociaciones y
cualesquiera otras entidades ciudadanas o colectivos).
Art. 5. Todo el vecindario de Soto del Real tiene derecho a:
— Conocer el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la
condición de interesados, y obtener copias de documentos contenidos en ellos.
Acceder a los archivos y registros públicos y a obtener copias de los mismos, salvo en lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la intimidad de las personas. Conocer los acuerdos de los órganos de gobierno municipales, que el Ayuntamiento divulgará de forma sencilla y apropiada.
— Pedir consulta popular en los términos y asuntos previstos en la ley.
— Debe existir el compromiso por la Corporación Municipal de alzar las propuestas
al Pleno Municipal, para su aprobación.
— Conocer y participar en el cumplimiento de aquellos acuerdos, que afecten a la
gestión de los servicios a los habitantes del Municipio.
Art. 6. Todo el vecindario de Soto del Real que participe en los procesos de Participación Ciudadana tiene 0tereses individuales.
— Tener una actitud respetuosa con las personas participantes en las reuniones y con
los espacios públicos en las que se desarrollen.
— Respetar y hacer respetar este Reglamento, así como las demás normas vigentes.

BOCM-20220124-84

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