D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220124-30)
Convenio – Convenio de colaboración de 29 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y la Asociación de la Denominación Geográfica “Chinchón”, para la concesión directa por razones de interés público de una subvención destinada al fomento de la calidad, promoción y comercialización de sus productos
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 98
LUNES 24 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 19
Segunda
Importe de la subvención
La Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura)
aportará a la Asociación de la Denominación Geográfica “Chinchón” 34.473,00 euros (treinta y cuatro mil cuatrocientos setenta y tres euros) con cargo al subconcepto 44605 del Programa 411A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019
prorrogados para 2021 de conformidad con el Decreto 122/2020, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno.
Tercera
Concurrencia de subvenciones
El importe de la subvención concedida en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con las subvenciones de otras entidades públicas o privadas,
nacionales o internaciones supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
Asimismo, toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y en todo
caso la obtención concurrente de subvenciones concedidas por cualquier entidad pública o privada nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada.
Cuarta
Gastos subvencionables
Se consideran subvencionables las siguientes actuaciones:
Gastos de personal y gastos corrientes de oficina, ineludiblemente relacionados.
Gastos imputables al control de calidad de los productos.
Gastos de alquiler de equipos informáticos y vehículos destinados al control de calidad e inspección.
— Gastos de formación del personal dirigidos a mejorar el capital humano de sus
asociados respecto a las acciones de comercialización y promoción.
— Gastos de promoción genérica y de creación de imagen del producto amparado.
Cuando la medida de promoción sea realizada por agrupaciones y organizaciones de
productores, la participación en la promoción no se supeditará a la afiliación a dichas agrupaciones u organizaciones, y toda contribución a los gastos de gestión de las mismas se limitará al coste de la prestación de las medidas de promoción. No obstante, los gastos de
promoción subvencionables son los que la Asociación asume como propios, emitiéndose
las correspondientes facturas a su nombre.
Se considerarán gastos subvencionables por el presente Convenio los realizados entre
el 1 de enero y el 15 de diciembre de 2021.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 40.000 euros en el
supuesto de coste por ejecución de obra, o de 15.000 euros en el supuesto de suministro de
bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con
carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega
del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que
el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.
La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o,
en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia
y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Con carácter general, la Asociación de la Denominación Geográfica “Chinchón” deberá garantizar que los costes de la operación propuesta no superan los precios normales de
mercado y se cumple la moderación de costes.
2. Cualquier gasto que fuera justificado al amparo de la presente subvención, y para
el cual se hayan obtenido ayudas o subvención por cualquier entidad pública o privada, nacional o internacional, para los mismos fines, deberá hacerse constar adjuntando a la correspondiente factura, un certificado que incluya la entidad concesionaria de dicha subvención,
así como, el importe y fecha de concesión.
BOCM-20220124-30
1.
—
—
—
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 98
LUNES 24 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 19
Segunda
Importe de la subvención
La Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura)
aportará a la Asociación de la Denominación Geográfica “Chinchón” 34.473,00 euros (treinta y cuatro mil cuatrocientos setenta y tres euros) con cargo al subconcepto 44605 del Programa 411A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019
prorrogados para 2021 de conformidad con el Decreto 122/2020, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno.
Tercera
Concurrencia de subvenciones
El importe de la subvención concedida en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con las subvenciones de otras entidades públicas o privadas,
nacionales o internaciones supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
Asimismo, toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y en todo
caso la obtención concurrente de subvenciones concedidas por cualquier entidad pública o privada nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada.
Cuarta
Gastos subvencionables
Se consideran subvencionables las siguientes actuaciones:
Gastos de personal y gastos corrientes de oficina, ineludiblemente relacionados.
Gastos imputables al control de calidad de los productos.
Gastos de alquiler de equipos informáticos y vehículos destinados al control de calidad e inspección.
— Gastos de formación del personal dirigidos a mejorar el capital humano de sus
asociados respecto a las acciones de comercialización y promoción.
— Gastos de promoción genérica y de creación de imagen del producto amparado.
Cuando la medida de promoción sea realizada por agrupaciones y organizaciones de
productores, la participación en la promoción no se supeditará a la afiliación a dichas agrupaciones u organizaciones, y toda contribución a los gastos de gestión de las mismas se limitará al coste de la prestación de las medidas de promoción. No obstante, los gastos de
promoción subvencionables son los que la Asociación asume como propios, emitiéndose
las correspondientes facturas a su nombre.
Se considerarán gastos subvencionables por el presente Convenio los realizados entre
el 1 de enero y el 15 de diciembre de 2021.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 40.000 euros en el
supuesto de coste por ejecución de obra, o de 15.000 euros en el supuesto de suministro de
bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con
carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega
del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que
el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.
La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o,
en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia
y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Con carácter general, la Asociación de la Denominación Geográfica “Chinchón” deberá garantizar que los costes de la operación propuesta no superan los precios normales de
mercado y se cumple la moderación de costes.
2. Cualquier gasto que fuera justificado al amparo de la presente subvención, y para
el cual se hayan obtenido ayudas o subvención por cualquier entidad pública o privada, nacional o internacional, para los mismos fines, deberá hacerse constar adjuntando a la correspondiente factura, un certificado que incluya la entidad concesionaria de dicha subvención,
así como, el importe y fecha de concesión.
BOCM-20220124-30
1.
—
—
—