D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220124-29)
Convenio – Convenio de 23 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y el Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra, en el que se establece el otorgamiento de una subvención directa para el desarrollo de actuaciones de promoción y divulgación en el ámbito de la reserva de la biosfera de las cuencas altas de los ríos Manzanares, Lozoya y Guadarrama y del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, en el año 2021
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 19
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE ENERO DE 2022
Pág. 89
10. Que el Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra fomenta el conocimiento de los
recursos naturales y culturales de la RBCAMLG y promueve la visita al Parque Nacional
de la Sierra de Guadarrama y a otros enclaves naturales de la RBCAMLG, a la par que contribuye a su conservación.
11. Que en todo caso, las actividades promovidas por el Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra se desarrollan dentro del marco de las competencias propias que la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece en su capítulo III, artículo 25.1, que establece que el Municipio, para la gestión de sus intereses y
en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal,
y artículo 25.2 que dice expresamente que el Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, las siguientes materias: h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local y m) Promoción de la cultura y equipamientos culturales.
En este sentido, la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, establece asimismo en su artículo 8.1 que los Municipios, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, pueden promover toda clase de
actividades y prestar cuantos servicios contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de los vecinos.
La relación entre el Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra y la Comunidad de
Madrid no tiene carácter contractual, y se circunscriben a una relación de cooperación entre administraciones prevista en la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local
de la Comunidad de Madrid, que establece en el capítulo Tercero dedicado a la asistencia,
colaboración y cooperación de la Comunidad de Madrid con las Entidades Locales, en el
artículo 127, que la cooperación podrá instrumentarse, entre otros, a través de subvenciones y celebración de convenios.
12. Que la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad
de Madrid, establece en el artículo 30, que el Alcalde es el Presidente de la Corporación y
ostenta las atribuciones fijadas en la legislación estatal básica de régimen local y en la
Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, y entre otras, expresamente le atribuye la formalización de los convenios y contratos en que sea parte el
Ayuntamiento.
13. Que en la Posición presupuestaria 46309 del Programa 456A del Presupuesto de
Gastos 2021 de la Comunidad de Madrid existe una dotación económica de 30.000 euros
para subvencionar al Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra.
14. El artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 4.5.c) apartado tercero de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad de Madrid, en la redacción dada por la Ley 6/2011, de 28 de diciembre, de
Medidas Fiscales y Administrativas, establecen que podrán concederse de forma directa, con
carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público,
social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. En estos supuestos, el Consejo de Gobierno podrá autorizarla celebración de
convenios o acuerdos de colaboración sin contraprestación con los beneficiarios de las subvenciones, cuando éstos se encuentren singularizados en el momento de su autorización. En
cumplimiento de esta previsión legal, el Consejo de Gobierno ha autorizado la celebración
del presente convenio mediante Acuerdo de fecha 20 de diciembre de 2021.
En conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El objeto del Convenio es establecer las bases por las que la Comunidad de Madrid
(Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) subvencionará al Ayuntamiento
de Miraflores de la Sierra, el desarrollo de actuaciones basadas en la promoción, la conservación y la divulgación de los valores naturales y culturales de la RBCAMLG y del Parque
nacional de la Sierra de Guadarrama, realizadas en 2021.
BOCM-20220124-29
Objeto del Convenio
B.O.C.M. Núm. 19
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE ENERO DE 2022
Pág. 89
10. Que el Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra fomenta el conocimiento de los
recursos naturales y culturales de la RBCAMLG y promueve la visita al Parque Nacional
de la Sierra de Guadarrama y a otros enclaves naturales de la RBCAMLG, a la par que contribuye a su conservación.
11. Que en todo caso, las actividades promovidas por el Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra se desarrollan dentro del marco de las competencias propias que la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece en su capítulo III, artículo 25.1, que establece que el Municipio, para la gestión de sus intereses y
en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal,
y artículo 25.2 que dice expresamente que el Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, las siguientes materias: h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local y m) Promoción de la cultura y equipamientos culturales.
En este sentido, la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, establece asimismo en su artículo 8.1 que los Municipios, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, pueden promover toda clase de
actividades y prestar cuantos servicios contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de los vecinos.
La relación entre el Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra y la Comunidad de
Madrid no tiene carácter contractual, y se circunscriben a una relación de cooperación entre administraciones prevista en la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local
de la Comunidad de Madrid, que establece en el capítulo Tercero dedicado a la asistencia,
colaboración y cooperación de la Comunidad de Madrid con las Entidades Locales, en el
artículo 127, que la cooperación podrá instrumentarse, entre otros, a través de subvenciones y celebración de convenios.
12. Que la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad
de Madrid, establece en el artículo 30, que el Alcalde es el Presidente de la Corporación y
ostenta las atribuciones fijadas en la legislación estatal básica de régimen local y en la
Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, y entre otras, expresamente le atribuye la formalización de los convenios y contratos en que sea parte el
Ayuntamiento.
13. Que en la Posición presupuestaria 46309 del Programa 456A del Presupuesto de
Gastos 2021 de la Comunidad de Madrid existe una dotación económica de 30.000 euros
para subvencionar al Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra.
14. El artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 4.5.c) apartado tercero de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad de Madrid, en la redacción dada por la Ley 6/2011, de 28 de diciembre, de
Medidas Fiscales y Administrativas, establecen que podrán concederse de forma directa, con
carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público,
social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. En estos supuestos, el Consejo de Gobierno podrá autorizarla celebración de
convenios o acuerdos de colaboración sin contraprestación con los beneficiarios de las subvenciones, cuando éstos se encuentren singularizados en el momento de su autorización. En
cumplimiento de esta previsión legal, el Consejo de Gobierno ha autorizado la celebración
del presente convenio mediante Acuerdo de fecha 20 de diciembre de 2021.
En conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El objeto del Convenio es establecer las bases por las que la Comunidad de Madrid
(Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) subvencionará al Ayuntamiento
de Miraflores de la Sierra, el desarrollo de actuaciones basadas en la promoción, la conservación y la divulgación de los valores naturales y culturales de la RBCAMLG y del Parque
nacional de la Sierra de Guadarrama, realizadas en 2021.
BOCM-20220124-29
Objeto del Convenio