Getafe (BOCM-20220120-42)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 16

JUEVES 20 DE ENERO DE 2022

Pág. 335

6. Admisión de aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Concejala de Recursos Humanos y
Seguridad Ciudadana, dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos para el puesto de trabajo y causa de exclusión en su caso, así
como la identidad de los miembros de la Comisión de Valoración, publicándose en la sede
electrónica municipal.
La Resolución a la que se refiere este apartado establecerá un plazo de 10 días hábiles
para la subsanación de defectos por parte de las y los aspirantes provisionalmente excluidos/as o que no figuren en la lista provisional de admitidos/as, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El referido trámite de subsanación está vinculado en exclusiva al trámite de admisión
de solicitudes de participación, contemplándose un plazo de subsanación diferente para la
documentación relativa a los méritos que se invoquen, como posteriormente se indicará.
La lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as se considerará automáticamente elevada a definitiva si no se presentan peticiones de subsanación o reclamaciones frente a la misma. Si las hubiera, serán estimadas o desestimadas, si procede, mediante
una nueva Resolución por la que la Concejala de Recursos Humanos, y Seguridad Ciudadana aprobará la lista definitiva, que se publicará en la sede electrónica municipal.
7. Méritos a valorar

NIVEL / Nº DE MESES

DE 1 A 48 MESES
(INCLUSIVE).

DE 49 A 120 MESES
(INCLUSIVE)

MÁS DE 120 MESES.

Nivel 26

4 puntos

7 puntos

12 puntos

Nivel 25

3 puntos

6 puntos

10 puntos

Nivel 24

2 puntos

5 puntos

8 puntos

Nivel 23

1,50 puntos

4 puntos

7 puntos

Nivel 22

1 punto

3 puntos

6 puntos

Nivel 21

0,75 puntos

2 puntos

5 puntos

Nivel 20

0,50 puntos

1,50 puntos

4 puntos

Nivel 19

0,40 puntos

1 punto

3 puntos

Nivel 18

0,30 puntos

0,80 puntos

2 puntos

Nivel 17

0,20 puntos

0,60 puntos

1,50 puntos

Nivel 16

0,10 puntos

0,40 puntos

1 punto

A los efectos de puntuación de este apartado, el tiempo de permanencia en un mismo
puesto de trabajo solo podrá puntuar, de acuerdo con su nivel de complemento de destino,
en una única de las tres columnas previstas. En caso de modificaciones de nivel de un mismo puesto, se computará la totalidad del periodo en el que más alto hubiere estado clasificado, siempre que así se acredite.

BOCM-20220120-42

1. Grado personal consolidado.—Se valorará el grado personal consolidado expresamente reconocido, adjudicándose hasta un máximo de 12 puntos, según la siguiente distribución:
— Superior en dos o más niveles al del puesto solicitado: 12 puntos.
— Superior en un nivel al del puesto solicitado: 10 puntos.
— Igual nivel al del puesto solicitado: 8 puntos.
— Inferior en un nivel al del puesto solicitado: 6 puntos.
— Inferior en dos niveles al del puesto solicitado: 4 puntos.
— Resto de niveles inferiores al del puesto solicitado: 2 puntos.
A los efectos de este apartado, no será tenido en cuenta el tiempo de desempeño de
puestos del nivel correspondiente si no se justifica la efectiva consolidación del grado mediante certificación o resolución correspondiente.
2. Valoración del trabajo desarrollado.—Se valorará, hasta un máximo de 12 puntos,
el tiempo de permanencia efectiva en puestos de trabajo de cada nivel, dentro del Subgrupo A2, o equivalente en laboral, incluyendo, en su caso, el periodo mínimo de permanencia en destino indicado como requisito para concursar en el punto 4.1 de estas Bases, de
acuerdo con la siguiente tabla, y siempre que se trate de puestos pertenecientes al área funcional o sectorial a que corresponden los convocados y la Comisión de Valoración aprecie
la similitud entre el contenido técnico y especialización de los puestos ocupados con respecto a los ofertados: