D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220120-20)
Convenio – Convenio de 23 de diciembre de 2021, de subvención entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, para la realización de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad-Colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, por importe de 1.500.165,00 euros
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 16
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE ENERO DE 2022
Pág. 99
Alcalá de Henares en su condición de entidad beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia manifiesta mediante declaración responsable realizada al efecto acceder a la cesión y tratamiento de los
datos con los fines establecidos en los apartados dos y tres del citado artículo, expresamente relacionados en la mencionada declaración responsable.
Vigésima
Transparencia
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y en el artículo 23 de la
Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de
Madrid, la formalización del presente convenio será objeto de difusión electrónica a través
de la página web institucional de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de su difusión por
el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, en el portal de transparencia de su página web.
Este convenio está sujeto a la obligación prevista en el artículo 23.2 de la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid en lo relativo a la publicación del convenio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
dentro de los 20 días siguientes a su firma. Además, será objeto de inscripción en el registro de convenios, en el que se incluirá la copia del mismo.
Vigesimoprimera
En todas las actividades y en la publicidad que, a través de cualquier medio, pudiera
realizar el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, en virtud de la firma del presente convenio,
deberán encontrase debidamente identificadas de conformidad con las obligaciones que en
materia de información, comunicación y publicidad determine la normativa interna y de la
Unión Europea para el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, quedando obligada la
entidad beneficiaria de esta subvención a hacer mención en su publicidad del origen de esta
financiación, velando por darle visibilidad, incluido, cundo proceda, mediante el emblema
de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique “financiado por la
Unión Europea-Next Generation EU”, conforme a lo establecido en el artículo 6 y en el
Anexo VI de la Orden TES/897/2021, de 19 de agosto. Esta visibilidad se hará en particular cuando promueva las acciones y su resultado, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público.
Durante el desarrollo de la acción de formación en alternancia con el empleo, el beneficiario informará al público de la financiación con cargo a los fondos recibidos del Servicio Público de Empleo Estatal y el apoyo obtenido de la Comunidad de Madrid, de la siguiente forma:
a. Haciendo una breve descripción en su sitio de Internet, en el caso de que disponga
del mismo.
b. Colocando carteles informativos en lugares destacados y visibles, según el modelo
Anexo XII, identificativo de la realización de la obra o servicio:
i. Un cartel externo, de tamaño 100 × 100 centímetros, en la ubicación del centro de trabajo que figure en el anexo I a este convenio y durante toda la duración del proyecto subvencionado.
ii. Además, cuando los servicios se presten en más de un edificio diferente al
centro de trabajo que figure en el anexo I a este convenio, se situará un cartel
interno, de tamaño A3, en la entrada del despacho o dependencia donde presten servicio los participantes en los programas.
iii. Además, cuando las obras se presten en espacios abiertos, en más de una ubicación diferente al centro de trabajo que figure en el anexo I a este convenio,
se situará un cartel móvil, de tamaño 100 × 100 centímetros, en el lugar de trabajo.
iv. Por último, deberá incluir en los contratos de trabajo que suscriban el siguiente texto: “Este contrato está financiado a los fondos recibidos del Servicio Público de Empleo estatal para su gestión por la Comunidad Autónoma de
Madrid”.
BOCM-20220120-20
Difusión y publicidad
B.O.C.M. Núm. 16
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE ENERO DE 2022
Pág. 99
Alcalá de Henares en su condición de entidad beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia manifiesta mediante declaración responsable realizada al efecto acceder a la cesión y tratamiento de los
datos con los fines establecidos en los apartados dos y tres del citado artículo, expresamente relacionados en la mencionada declaración responsable.
Vigésima
Transparencia
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y en el artículo 23 de la
Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de
Madrid, la formalización del presente convenio será objeto de difusión electrónica a través
de la página web institucional de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de su difusión por
el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, en el portal de transparencia de su página web.
Este convenio está sujeto a la obligación prevista en el artículo 23.2 de la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid en lo relativo a la publicación del convenio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
dentro de los 20 días siguientes a su firma. Además, será objeto de inscripción en el registro de convenios, en el que se incluirá la copia del mismo.
Vigesimoprimera
En todas las actividades y en la publicidad que, a través de cualquier medio, pudiera
realizar el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, en virtud de la firma del presente convenio,
deberán encontrase debidamente identificadas de conformidad con las obligaciones que en
materia de información, comunicación y publicidad determine la normativa interna y de la
Unión Europea para el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, quedando obligada la
entidad beneficiaria de esta subvención a hacer mención en su publicidad del origen de esta
financiación, velando por darle visibilidad, incluido, cundo proceda, mediante el emblema
de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique “financiado por la
Unión Europea-Next Generation EU”, conforme a lo establecido en el artículo 6 y en el
Anexo VI de la Orden TES/897/2021, de 19 de agosto. Esta visibilidad se hará en particular cuando promueva las acciones y su resultado, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público.
Durante el desarrollo de la acción de formación en alternancia con el empleo, el beneficiario informará al público de la financiación con cargo a los fondos recibidos del Servicio Público de Empleo Estatal y el apoyo obtenido de la Comunidad de Madrid, de la siguiente forma:
a. Haciendo una breve descripción en su sitio de Internet, en el caso de que disponga
del mismo.
b. Colocando carteles informativos en lugares destacados y visibles, según el modelo
Anexo XII, identificativo de la realización de la obra o servicio:
i. Un cartel externo, de tamaño 100 × 100 centímetros, en la ubicación del centro de trabajo que figure en el anexo I a este convenio y durante toda la duración del proyecto subvencionado.
ii. Además, cuando los servicios se presten en más de un edificio diferente al
centro de trabajo que figure en el anexo I a este convenio, se situará un cartel
interno, de tamaño A3, en la entrada del despacho o dependencia donde presten servicio los participantes en los programas.
iii. Además, cuando las obras se presten en espacios abiertos, en más de una ubicación diferente al centro de trabajo que figure en el anexo I a este convenio,
se situará un cartel móvil, de tamaño 100 × 100 centímetros, en el lugar de trabajo.
iv. Por último, deberá incluir en los contratos de trabajo que suscriban el siguiente texto: “Este contrato está financiado a los fondos recibidos del Servicio Público de Empleo estatal para su gestión por la Comunidad Autónoma de
Madrid”.
BOCM-20220120-20
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