C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20211124-33)
Plan estratégico subvenciones – Orden 1388/2021, de 19 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para los años 2022 y 2023, en el sector del deporte
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 280
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE NOVIEMBRE DE 2021
Pág. 295
velando a través de controles médicos por su condición física frente a las prácticas de riesgo y posibilitando un incremento de la formación deportiva para todos los colectivos implicados en la actividad física.
Por último, se destacan las ayudas para inversión a llevar a cabo en las instalaciones
deportivas de los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid y las pertenecientes a centros
educativos.
Para poder alcanzar los anteriores objetivos, se establecen las siguientes líneas de subvención:
A. Subvenciones a federaciones deportivas madrileñas:
Las federaciones deportivas madrileñas podrán obtener ayudas de tres formas:
A.1. Mediante órdenes de concesión de subvenciones nominativas previstas en
los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.
En las órdenes de concesión se especificarán los gastos a los que van dirigidas las cantidades que se conceden, que serán fundamentalmente: gastos
ocasionados por programas de tecnificación, gastos ocasionados por la participación de las selecciones autonómicas en campeonatos de España y en
otras competiciones oficiales, gastos ocasionados por la organización de
competiciones oficiales autonómicas, gastos ocasionados por la participación en competiciones oficiales y gastos corrientes para financiar, en parte,
su estructura y funcionamiento.
A.2. Por concesión directa por razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria
pública, de acuerdo con el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo:
— Mediante la suscripción de convenios con las federaciones deportivas,
para financiar, fundamentalmente: gastos ocasionados por programas
de tecnificación, gastos ocasionados por la participación de las selecciones autonómicas en campeonatos de España y en otras competiciones oficiales, gastos ocasionados por la organización de competiciones
oficiales autonómicas, gastos ocasionados por la participación en competiciones oficiales y gastos corrientes para financiar, en parte, su estructura y funcionamiento. Todo ello, en los casos en los que no se pueda llevar a cabo la tramitación de órdenes de concesión de subvenciones
nominativas a las mismas.
— Ayudas destinadas a las federaciones deportivas madrileñas para la organización de eventos deportivos de especial interés, de carácter nacional e internacional en el territorio de la Comunidad de Madrid, entendiendo por tales aquellas competiciones incluidas en el calendario
oficial de las federaciones deportivas nacionales o internacionales de la
modalidad deportiva correspondiente.
— Ayudas destinadas a las federaciones deportivas de la Comunidad de
Madrid con el objeto de conseguir la modernización, innovación y digitalización en el sector deportivo.
A.3. Asimismo, podrán además incluirse otras subvenciones a federaciones deportivas madrileñas, mediante los procedimientos oportunos, para las finalidades contempladas en el Componente 26: Plan de Fomento del Sector del
Deporte, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno Español, a medida que se vayan aprobando los planes previstos en el
mismo, a financiar con fondos europeos.
B. Subvenciones a asociaciones deportivas distintas de las Federaciones:
Estas líneas de subvención están dirigidas a asociaciones deportivas que no sean
federaciones ni agrupaciones deportivas, es decir, fundamentalmente clubes deportivos de la Comunidad de Madrid inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
B.1. Por convocatoria anual por el procedimiento de concurrencia competitiva:
— Ayudas por la participación y resultados obtenidos por sus equipos en
las competiciones oficiales de ámbito nacional y/o internacional, de ca-
BOCM-20211124-33
4. Líneas de subvención
B.O.C.M. Núm. 280
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE NOVIEMBRE DE 2021
Pág. 295
velando a través de controles médicos por su condición física frente a las prácticas de riesgo y posibilitando un incremento de la formación deportiva para todos los colectivos implicados en la actividad física.
Por último, se destacan las ayudas para inversión a llevar a cabo en las instalaciones
deportivas de los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid y las pertenecientes a centros
educativos.
Para poder alcanzar los anteriores objetivos, se establecen las siguientes líneas de subvención:
A. Subvenciones a federaciones deportivas madrileñas:
Las federaciones deportivas madrileñas podrán obtener ayudas de tres formas:
A.1. Mediante órdenes de concesión de subvenciones nominativas previstas en
los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.
En las órdenes de concesión se especificarán los gastos a los que van dirigidas las cantidades que se conceden, que serán fundamentalmente: gastos
ocasionados por programas de tecnificación, gastos ocasionados por la participación de las selecciones autonómicas en campeonatos de España y en
otras competiciones oficiales, gastos ocasionados por la organización de
competiciones oficiales autonómicas, gastos ocasionados por la participación en competiciones oficiales y gastos corrientes para financiar, en parte,
su estructura y funcionamiento.
A.2. Por concesión directa por razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria
pública, de acuerdo con el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo:
— Mediante la suscripción de convenios con las federaciones deportivas,
para financiar, fundamentalmente: gastos ocasionados por programas
de tecnificación, gastos ocasionados por la participación de las selecciones autonómicas en campeonatos de España y en otras competiciones oficiales, gastos ocasionados por la organización de competiciones
oficiales autonómicas, gastos ocasionados por la participación en competiciones oficiales y gastos corrientes para financiar, en parte, su estructura y funcionamiento. Todo ello, en los casos en los que no se pueda llevar a cabo la tramitación de órdenes de concesión de subvenciones
nominativas a las mismas.
— Ayudas destinadas a las federaciones deportivas madrileñas para la organización de eventos deportivos de especial interés, de carácter nacional e internacional en el territorio de la Comunidad de Madrid, entendiendo por tales aquellas competiciones incluidas en el calendario
oficial de las federaciones deportivas nacionales o internacionales de la
modalidad deportiva correspondiente.
— Ayudas destinadas a las federaciones deportivas de la Comunidad de
Madrid con el objeto de conseguir la modernización, innovación y digitalización en el sector deportivo.
A.3. Asimismo, podrán además incluirse otras subvenciones a federaciones deportivas madrileñas, mediante los procedimientos oportunos, para las finalidades contempladas en el Componente 26: Plan de Fomento del Sector del
Deporte, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno Español, a medida que se vayan aprobando los planes previstos en el
mismo, a financiar con fondos europeos.
B. Subvenciones a asociaciones deportivas distintas de las Federaciones:
Estas líneas de subvención están dirigidas a asociaciones deportivas que no sean
federaciones ni agrupaciones deportivas, es decir, fundamentalmente clubes deportivos de la Comunidad de Madrid inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
B.1. Por convocatoria anual por el procedimiento de concurrencia competitiva:
— Ayudas por la participación y resultados obtenidos por sus equipos en
las competiciones oficiales de ámbito nacional y/o internacional, de ca-
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4. Líneas de subvención