C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20211124-33)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 1388/2021, de 19 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para los años 2022 y 2023, en el sector del deporte
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE NOVIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 280

— Beneficiarios: Municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales, participantes en el programa de deporte infantil.
— Criterios de valoración: Por la organización de las distintas fases que se
desarrollan en el programa y por la participación de cada municipio en
las competiciones, según su población.
B.6. Las bases reguladoras de las ayudas a ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes tendrán entre sus líneas básicas principales las siguientes:
— Objeto: Colaborar en los gastos que conlleva la realización de acciones
para la mejora de seguridad, accesibilidad y mantenimiento de la operatividad de las instalaciones deportivas municipales.
— Beneficiarios: Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid de menos de
20.000 habitantes.
— Criterios de valoración: En función de la población del municipio y del
coste del proyecto.
B.7. Las bases reguladoras de las ayudas a las entidades locales del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, así como de los entes vinculados o dependientes de estas, para la adecuación de espacios al aire libre para la práctica de ejercicio físico, la adquisición de equipamiento para los mismos, y
la adquisición de material de valoración de la condición física, tendrán entre sus líneas básicas principales las siguientes:
— Objeto: Apoyar a las entidades locales del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, así como de los entes vinculados o dependientes de estas, en la dotación y adecuación de espacios al aire libre con equipamiento deportivo específico de ejercicio físico saludable, y a la adquisición
de material de valoración de la condición física de la población.
— Beneficiarios: Las entidades locales del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, así como los entes vinculados o dependientes de estas.
— Criterios de valoración: Se considerarán los siguientes gastos subvencionables, entre otros:
a) La dotación y adecuación de espacios de dominio público para la
práctica de ejercicio físico al aire libre, incluyendo la propia dotación
de los elementos necesarios de carácter deportivo y el equipamiento
deportivo específico de ejercicio físico saludable.
b) La adquisición de equipamiento de valoración de la condición física y de ejercicio físico, como vía para asegurar una prescripción,
asesoramiento, organización, evaluación y seguimiento del ejercicio físico adecuado y eficiente de la población.
B.8. Las bases reguladoras de las ayudas a universidades madrileñas para cubrir
los gastos derivados de la realización de estudios e investigaciones en áreas
de interés prioritario, de la Dirección General de Deportes, en el ámbito de
la actividad física y deporte, tendrán entre sus líneas básicas principales las
siguientes:
— Objeto: Apoyar a las universidades madrileñas en la realización de estudios e investigaciones en áreas de interés prioritario de la Dirección
General de Deportes, en el ámbito de la actividad física y deporte.
— Beneficiarios: Universidades madrileñas.
— Criterios de valoración: Características, impacto de los resultados y
gastos asociados al propio desarrollo de los estudios e investigaciones.
C. Calendario de elaboración:
Se prevé tener elaboradas las diferentes bases reguladoras y convocatorias antes del primer semestre de cada año natural.
8. Seguimiento y evaluación
1. El seguimiento de cada línea de subvención se realizará por la Dirección General
de Deportes mediante la comprobación de los diferentes plazos establecidos, ya sea en las
bases reguladoras y convocatorias, ya sea en cada uno de los convenios suscritos u órdenes
de concesión.

BOCM-20211124-33

BOCM