B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211123-6)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 534/2021, de 25 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Titulado Medio, Especialidad de Fisioterapia (Grupo II, Nivel 7, Área D) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 279
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE NOVIEMBRE DE 2021
Pág. 87
Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de dos horas,
los aspirantes podrán acudir provistos de la documentación y el material que
el Tribunal determine en la convocatoria de este ejercicio.
Los supuestos serán leídos por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones
prácticas que se planteen en el supuesto a realizar, así como la amplitud de dichos conocimientos, el rigor analítico, la claridad y orden de ideas a fin de la
elaboración de una propuesta razonada para la resolución de los planteamientos contenidos en el mismo. El Tribunal podrá dialogar con los aspirantes durante un tiempo máximo de quince minutos.
7.2. El desarrollo de la fase de oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, y por el programa que figura como
Anexo I de la presente Orden.
La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se determinarán, a propuesta del Tribunal Calificador, en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo correspondiente, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación mínima
de diez días hábiles.
7.3. La publicación del anuncio de celebración del segundo y, en su caso, sucesivos
ejercicios, y la lista de aprobados/as de los mismos, se efectuará en los tablones de anuncios
de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en
la página web: http://www.comunidad.madrid/servicios/información-atencion-ciudadano/red-oficinas-comunidad-madrid, y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre los interesados, sin perjuicio de encontrarse, igualmente, disponible dicha información en la página web de la Comunidad de Madrid.
7.4. Los ejercicios escritos lo estarán de tal modo que permitan su lectura por cualquier miembro del Tribunal Calificador, evitando la utilización de abreviaturas o signos no
usuales en el lenguaje escrito.
7.5. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primer
aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “E”, de conformidad con la Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de marzo).
7.6. La celebración del primer ejercicio podrá realizarse a partir del segundo trimestre de 2022.
Octava
Calificación de la oposición
8.1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el Tribunal se ajustará a lo
previsto en la base decimotercera de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, y a lo expuesto a
continuación.
8.1.1. Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario, para superarlo, obtener un mínimo de 5 puntos.
8.1.2. Segundo ejercicio: Cada uno de los supuestos prácticos se calificarán de 0 a 10
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos y no ser calificado
con menos de 4 puntos en ninguno de los supuestos.
La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la media aritmética de
las puntuaciones obtenidas en cada uno de los supuestos, debiendo estar comprendida entre 0
y 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.
Novena
A efectos de la calificación final del proceso, el Tribunal se ajustará a lo previsto en la
base decimocuarta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, viniendo determinada aquella
por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición, ordenándose a
los aspirantes de forma decreciente, conforme a dicha calificación final.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1.o Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De continuar el empate
entre estos aspirantes se deshará por el criterio que se indica a continuación.
BOCM-20211123-6
Calificación final del proceso selectivo
B.O.C.M. Núm. 279
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE NOVIEMBRE DE 2021
Pág. 87
Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de dos horas,
los aspirantes podrán acudir provistos de la documentación y el material que
el Tribunal determine en la convocatoria de este ejercicio.
Los supuestos serán leídos por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones
prácticas que se planteen en el supuesto a realizar, así como la amplitud de dichos conocimientos, el rigor analítico, la claridad y orden de ideas a fin de la
elaboración de una propuesta razonada para la resolución de los planteamientos contenidos en el mismo. El Tribunal podrá dialogar con los aspirantes durante un tiempo máximo de quince minutos.
7.2. El desarrollo de la fase de oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, y por el programa que figura como
Anexo I de la presente Orden.
La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se determinarán, a propuesta del Tribunal Calificador, en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo correspondiente, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación mínima
de diez días hábiles.
7.3. La publicación del anuncio de celebración del segundo y, en su caso, sucesivos
ejercicios, y la lista de aprobados/as de los mismos, se efectuará en los tablones de anuncios
de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en
la página web: http://www.comunidad.madrid/servicios/información-atencion-ciudadano/red-oficinas-comunidad-madrid, y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre los interesados, sin perjuicio de encontrarse, igualmente, disponible dicha información en la página web de la Comunidad de Madrid.
7.4. Los ejercicios escritos lo estarán de tal modo que permitan su lectura por cualquier miembro del Tribunal Calificador, evitando la utilización de abreviaturas o signos no
usuales en el lenguaje escrito.
7.5. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primer
aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “E”, de conformidad con la Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de marzo).
7.6. La celebración del primer ejercicio podrá realizarse a partir del segundo trimestre de 2022.
Octava
Calificación de la oposición
8.1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el Tribunal se ajustará a lo
previsto en la base decimotercera de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, y a lo expuesto a
continuación.
8.1.1. Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario, para superarlo, obtener un mínimo de 5 puntos.
8.1.2. Segundo ejercicio: Cada uno de los supuestos prácticos se calificarán de 0 a 10
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos y no ser calificado
con menos de 4 puntos en ninguno de los supuestos.
La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la media aritmética de
las puntuaciones obtenidas en cada uno de los supuestos, debiendo estar comprendida entre 0
y 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.
Novena
A efectos de la calificación final del proceso, el Tribunal se ajustará a lo previsto en la
base decimocuarta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, viniendo determinada aquella
por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición, ordenándose a
los aspirantes de forma decreciente, conforme a dicha calificación final.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1.o Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De continuar el empate
entre estos aspirantes se deshará por el criterio que se indica a continuación.
BOCM-20211123-6
Calificación final del proceso selectivo