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Convenio –  Convenio de 11 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y Cruz Roja Española, para la protección a la familia y atención a la pobreza infantil 2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 279

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE NOVIEMBRE DE 2021

Pág. 195

Las características de los proyectos mencionados se recogen de forma más amplia en
los Anexos del presente Convenio.
Con carácter previo a la suscripción del Convenio, Cruz Roja Española deberá acreditar, que no se encuentra incursa en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario/a establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones. También deberá acreditar encontrarse al corriente de
las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo que estuvieran exoneradas
de acuerdo con la normativa aplicable, así como de no tener deudas en período ejecutivo con
la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas. La
acreditación de este requisito se realizará de oficio por parte de la Consejería.
Asimismo, estará sujeta a las actuaciones de comprobación y verificación de la realización y gestión del Proyecto y de sus gastos, por parte de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, la Intervención General de la Comunidad de Madrid, la Cámara de
Cuentas u otros órganos competentes conforme a la legislación vigente aplicable en materia de subvenciones.
Cruz Roja Española se obliga a presentar declaración responsable del representante legal de la entidad, como responsable de los tratamientos de datos personales desarrollados
como consecuencia del desarrollo de los programas del presente Convenio, por el que asuma cumplir con las obligaciones jurídicas, técnicas y organizativas establecidas en el Reglamento General UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, por el que se deroga la directiva 95/46/CE (en
adelante RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
En la publicidad que se realice en cualquier medio de comunicación social sobre las
actuaciones derivadas de estos programas, se hará constar expresamente que estos se llevan
a cabo en virtud de la financiación establecida entre el Ministerio de Derechos Sociales y
Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma de Madrid.
Quinta
Importe y abono de la subvención
La Comunidad de Madrid subvencionará los gastos previstos en el presente Convenio por
importe de 333.350 d, con cargo al Programa 232E, subconcepto 48099, del vigente presupuesto de gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de
Madrid, una vez distribuidos los créditos por parte de Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que se destinan a la financiación de los planes o programas sociales, para el ejercicio 2021, con fecha 5 de julio de 2021.
El pago se realizará tras la firma del Convenio con carácter previo a la justificación del
gasto, mediante su ingreso en la cuenta y entidad bancaria que Cruz Roja Española designe a tal efecto. La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, ha autorizado la exención
de constituir garantías para efectuar el anticipo a cuenta conforme a lo establecido en el artículo 10, apartado 1 c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Para la realización del pago de la subvención, Cruz Roja Española deberá presentar
certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y el
certificado acreditativo de que dicha entidad no tiene deudas en período ejecutivo con la
Comunidad de Madrid, o que, si las tiene, estas, están debidamente garantizadas. Estos certificados se solicitarán de oficio por el centro gestor.
No obstante lo anterior, para la consulta de los datos tributarios del Estado será necesaria la autorización expresa del interesado.

Gastos y período subvencionable
Los proyectos se enmarcarán en las siguientes tipologías:
— Proyectos dirigidos a paliar y mejorar la situación de vulnerabilidad social de las
familias, los destinados a cubrir las necesidades básicas de alimentación, higiene,
ropa, etc. y facilitar el acceso a otros servicios como los de salud, educación (material escolar, ayudas para comedor), vivienda (alquiler y mejora de las condicio-

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Sexta