Madrid (BOCM-20211122-50)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE NOVIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 278

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50

MADRID
URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 26 de octubre de 2021,
adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Aprobar definitivamente la modificación del Plan Especial para el edificio
situado en la calle Gran Vía, número 43 bis, Distrito de Centro, promovido por Curlio Investments, S. L. U., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001,
de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2
de la citada Ley.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de
la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito
en el Registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de Bases de Régimen Local, a continuación se publica los documentos con contenido normativo:

1. Condiciones generales.—Las Normas Urbanísticas (NN UU) clasifican la parcela objeto de esta Modificación de Plan Especial como suelo urbano, y le asigna para su ordenación las condiciones particulares de la Norma Zonal 1, Grado 5.o, Nivel D de usos, y
uso cualificado residencial.
La parcela está incluida en el ámbito del Área de Planeamiento Específico del Centro
Histórico (APE 00.01) y dentro de la Cerca y Arrabal de Felipe II.
El edificio está incluido en el Catálogo General de Edificios (número de catálogo 02094) con Nivel 2 de Catalogación “Estructural”.
Según lo dispuesto en el Catálogo Geográfico de Bienes Inmuebles de la Comunidad
de Madrid, la parcela está incluida:
— En el ámbito del Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico
“Recinto de la Villa de Madrid”, según Decreto 41/1995 de 27 de abril.
— En el Bien de Interés Cultural en la categoría de Zona Arqueológica “Recinto Histórico de Madrid”, según Decreto 61/1993, de 20 de mayo.
2. Régimen de obras.—Dado el nivel y grado de protección, el régimen de obras de
aplicación es el establecido en el título 4 de las NN UU, “Condiciones de Protección del Patrimonio Histórico y Natural”. Así, además de las obras permitidas por las NN UU conforme al Nivel 1 Grado Singular, este Plan Especial permite en todo su ámbito el siguiente tipo
de obras de edificación conforme con la definición del artículo 1.4.10 PGOUM:
— Obras de reestructuración puntual para la adaptación de dimensiones de carpintería original (planta baja) para garantizar que el tamaño de sus hojas cumple las dimensiones mínimas marcadas por el CTE DBSI.
— Obras de reestructuración puntual para la apertura puntual de muro para conexión
de los dos locales en planta baja, en el punto de coincidencia de un paño enfoscado en el local Gonzalo modas.
— Obras de restauración integral del local “Gonzalo Modas” (suelos, artesonado en
techo, paramentos...) tal y como está previsto en su ficha de Catálogo.
— Obras de restauración de configuración y posición del antiguo escenario de madera.
3. Condiciones de edificabilidad.—Cuadro comparativo resumen de los parámetros
urbanísticos según el plan vigente y los resultantes del Plan Especial:

BOCM-20211122-50

5.2. Normas que regulan este plan especial