Villanueva de la Cañada (BOCM-20211122-77)
Régimen económico. Bases ayudas nacimiento hijo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 278

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE NOVIEMBRE DE 2021

Pág. 397

Decimocuarta. Reintegro de las ayudas
1. El reintegro del importe percibido, cuando proceda, se regirá por lo dispuesto en
el Título II de la LGS, por el título III del RLGS y los Artículos 26 y 27 de la Ordenanza
Municipal General de Subvenciones.
2. Junto a las causas de invalidez de la resolución de concesión, recogidas en el Artículo 36 de la LGS, darán lugar a la obligación de reintegrar, total o parcialmente, las cantidades
percibidas, así como la exigencia del interés de demora correspondiente desde la fecha del
pago de la subvención hasta que se acuerde la procedencia del reintegro, los supuestos previstos con carácter general en el Artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.
3. Sin perjuicio de iniciar el procedimiento de reintegro, en caso de incumplimiento de
las obligaciones establecidas con motivo de la concesión de la subvención, la persona beneficiaria podrá comunicar este hecho al Ayuntamiento, por los cauces reglamentarios y efectuar la devolución voluntaria de la cantidad percibida. Para ello, deberá ponerse en contacto
con el Servicio Gestor a los efectos de los trámites a seguir. Asimismo, se calcularán los intereses de demora hasta el momento en el que se produzca la devolución efectiva por su parte.
4. Tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero, por la que
se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, es preciso poner de manifiesto a todos los agentes que participan en procesos de subvenciones públicas
lo siguiente: El artículo 308 del Código Penal incluye la tipificación como delito, penado
con prisión, multa y pérdida de la condición de beneficiario de subvenciones, el falseamiento de las condiciones de obtención de una subvención, su ocultamiento -en el caso de hubiese condiciones que impidiesen obtenerla-o la aplicación de la subvención a fines distintos a los que fue destinada. La entidad solicitante (o beneficiaria de la subvención) debe de
ser consciente de lo que este precepto representa y la obligación del Ayuntamiento de actuar en consecuencia en el caso de detectarse indicios relativos al citado incumplimiento.
Decimoquinta. Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal

BOCM-20211122-77

En virtud de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos personales solicitados serán incorporados en un fichero propiedad del Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada (Madrid) con
la finalidad de la tramitación y gestión de la solicitud de subvención y para la realización,
control y gestión de las operaciones derivadas de la misma.
El solicitante debe indicar en el impreso de solicitud, que autoriza al Ayuntamiento a
las consultas indicadas en el apartado 3 de la base octava. En caso de no autorizar u oponerse a la comprobación de estos requisitos por el órgano gestor/instructor, deberá aportarse de manera obligatoria la documentación acreditativa de los mismos.
En el caso de que en la documentación aportada a lo largo del proceso se incorporen
datos de carácter personal distintos a los del firmante/s de la solicitud de ayuda, el/los mismo/s deberán informar a dichas personas de los extremos contenidos en este apartado y estar en disposición de acreditar documentalmente ante el Ayuntamiento de Villanueva de la
Cañada (Madrid) el ejercicio de dicha información.
Los interesados pueden ejercitar, sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y
oposición, dirigiéndose por escrito al Registro General del Ayuntamiento de Villanueva de
la Cañada (Madrid) (plaza de España, número 1).
Villanueva de la Cañada, a 28 de octubre de 2021.—El gestor administrativo B- Servicios
Sociales (firmado).
(03/31.665/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791