D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20211122-36)
Convenio –  Adenda de 28 de octubre de 2021, de modificación y prórroga del convenio marco entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y Fundación Juegaterapia, para la realización de actividades en los centros sanitarios que mejoren la calidad de vida de los pacientes de oncología infantil y/u otras patologías infantiles
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BOCM
Pág. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE NOVIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 278

tección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y la Ley 10/2019, de 10 de
abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Décimo
Se estima necesaria la inclusión de una previsión conforme a la Ley Orgánica 8/2021,
de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia establece la regulación respecto de los requisitos de acceso a profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores de edad y la comprobación de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos en sus
artículos 57 a 60 y disposición adicional sexta.
Decimoprimero
Por todo lo anterior las partes acuerdan modificar y prorrogar el convenio marco entre
la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y Fundación Juegaterapia para la realización de actividades en los centros sanitarios que
mejoren la calidad de vida de los pacientes de oncología infantil y/u otras patologías infantiles, suscrito el 20 de diciembre de 2017 de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Modificación de la cláusula novena denominada “Vigencia, prórroga y denuncia”
Se modifica la cláusula novena del convenio, que queda redactada como sigue:
“Novena. Vigencia, prórroga y denuncia
El convenio estará vigente desde el día siguiente al de su firma y tendrá una duración
de cuatro años. En cualquier momento antes de la finalización del plazo de vigencia podrá
ser prorrogado mediante acuerdo unánime y escrito de las partes firmantes del convenio por
uno o varios periodos que en su totalidad no superen el máximo de cuatro años adicionales
que establece la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, salvo que medie denuncia expresa de una de las partes formulada con una antelación mínima
de dos meses a la terminación de la vigencia del convenio o de sus prórrogas”.
Segunda

Se modifica la cláusula cuarta, que quedará redactada de la siguiente manera:
“Cuarta. Protección de datos de carácter personal, confidencialidad y transparencia
Las partes firmantes ajustarán su actuación derivada del convenio a lo previsto en la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.
Los datos de carácter personal que se recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.
En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto, y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a la
que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este convenio, salvo aquella
información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos del presente convenio queda sometido a la mencionada normativa, así como a la vigente en cada momento, de conformidad con los anexos I y II del
presente convenio”.

BOCM-20211122-36

Modificación de la cláusula cuarta denominada “Confidencialidad y protección de datos”
del Convenio