B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211027-4)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 390/2021, de 4 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo Superior de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 256
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 29
Sexta
Tribunal de Selección
1. El Tribunal Calificador de este proceso selectivo será designado por Resolución
de la Dirección General de Función Pública, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, rigiéndose por lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio. A efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, quedará incluido en la categoría primera.
2. El régimen jurídico aplicable al Tribunal de Selección será el que se establece para
los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que
se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, y en cualquier otra
normativa que resulte de aplicación, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el artículo 24.6
del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024).
3. A efectos de regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias de los miembros del Tribunal, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejería de Hacienda, en relación con lo señalado en
la Resolución de 3 de enero de 2019, de la Dirección General de Función Pública, por la que
se dictan instrucciones sobre el incremento de la cuantía de determinadas indemnizaciones en
concepto de asistencias por la participación en tribunales de selección de personal funcionario y laboral de la Comunidad de Madrid, y en el resto de normativa en la materia.
Séptima
Sistema selectivo
El sistema selectivo será el de concurso-oposición.
Fase de oposición
1.1. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura como Anexo I
de la presente Orden. Todas las referencias normativas contenidas en dicho programa, así
como en los temas incorporados como Anexo II de aquella, se entenderán efectuadas a las
normas vigentes en el momento de la realización del correspondiente ejercicio.
1.2. La fase de oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos ellos de carácter eliminatorio:
1.2.1. Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test
propuesto por el Tribunal, compuesto por setenta y cinco preguntas sobre el programa de la
fase de oposición, y que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas
que integran el mismo.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de setenta y cinco minutos.
En el caso de las personas aspirantes que participan en el proceso en virtud de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, el cuestionario tipo test constará de
setenta y ocho preguntas, de las cuales las tres primeras versarán sobre los temas específicos
que figuran como Anexo II a la presente Orden, y las setenta y cinco preguntas restantes versarán sobre el programa de la fase de oposición (Anexo I), todas ellas distribuidas de forma
equilibrada entre los distintos temas que integran cada Anexo, disponiendo dichas personas
de un tiempo máximo de setenta y ocho minutos para la realización de este ejercicio.
En ambos casos, para cada pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo
sólo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, aquella en la que figuren las tres respuestas alternativas propuestas en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración,
penalizándose con 0,10 puntos cada una de las contestaciones erróneas.
1.2.2. Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico, a elegir por las personas aspirantes de entre tres propuestos por el Tribunal, que versará sobre el programa de la fase de oposición.
Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de tres horas, las personas aspirantes podrán acudir provistas de la documentación y/o del material que el Tribunal pudiera, en su caso, estimar oportuno a tal efecto, en la convocatoria del mismo.
El supuesto práctico desarrollado será leído por las personas aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situa-
BOCM-20211027-4
1.
B.O.C.M. Núm. 256
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 29
Sexta
Tribunal de Selección
1. El Tribunal Calificador de este proceso selectivo será designado por Resolución
de la Dirección General de Función Pública, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, rigiéndose por lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio. A efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, quedará incluido en la categoría primera.
2. El régimen jurídico aplicable al Tribunal de Selección será el que se establece para
los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que
se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, y en cualquier otra
normativa que resulte de aplicación, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el artículo 24.6
del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024).
3. A efectos de regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias de los miembros del Tribunal, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejería de Hacienda, en relación con lo señalado en
la Resolución de 3 de enero de 2019, de la Dirección General de Función Pública, por la que
se dictan instrucciones sobre el incremento de la cuantía de determinadas indemnizaciones en
concepto de asistencias por la participación en tribunales de selección de personal funcionario y laboral de la Comunidad de Madrid, y en el resto de normativa en la materia.
Séptima
Sistema selectivo
El sistema selectivo será el de concurso-oposición.
Fase de oposición
1.1. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura como Anexo I
de la presente Orden. Todas las referencias normativas contenidas en dicho programa, así
como en los temas incorporados como Anexo II de aquella, se entenderán efectuadas a las
normas vigentes en el momento de la realización del correspondiente ejercicio.
1.2. La fase de oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos ellos de carácter eliminatorio:
1.2.1. Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test
propuesto por el Tribunal, compuesto por setenta y cinco preguntas sobre el programa de la
fase de oposición, y que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas
que integran el mismo.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de setenta y cinco minutos.
En el caso de las personas aspirantes que participan en el proceso en virtud de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, el cuestionario tipo test constará de
setenta y ocho preguntas, de las cuales las tres primeras versarán sobre los temas específicos
que figuran como Anexo II a la presente Orden, y las setenta y cinco preguntas restantes versarán sobre el programa de la fase de oposición (Anexo I), todas ellas distribuidas de forma
equilibrada entre los distintos temas que integran cada Anexo, disponiendo dichas personas
de un tiempo máximo de setenta y ocho minutos para la realización de este ejercicio.
En ambos casos, para cada pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo
sólo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, aquella en la que figuren las tres respuestas alternativas propuestas en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración,
penalizándose con 0,10 puntos cada una de las contestaciones erróneas.
1.2.2. Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico, a elegir por las personas aspirantes de entre tres propuestos por el Tribunal, que versará sobre el programa de la fase de oposición.
Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de tres horas, las personas aspirantes podrán acudir provistas de la documentación y/o del material que el Tribunal pudiera, en su caso, estimar oportuno a tal efecto, en la convocatoria del mismo.
El supuesto práctico desarrollado será leído por las personas aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situa-
BOCM-20211027-4
1.