D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20211027-48)
Convenio – Convenio de 29 de septiembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid y la Fundación de Ferrocarriles Españoles, por el que se regula la concesión directa de una subvención para el impulso al producto turístico trenes históricos a destinos Patrimonio Mundial en Madrid: Tren de Felipe II y Tren de la Fresa
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BOCM
Pág. 262
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 256
Así se estipulan los siguientes gastos subvencionables:
— Los gastos derivados del funcionamiento de los trenes, para lo que se destinará
hasta 25.000 euros, siendo subvencionable el 80 %:
d Alquiler, disponibilidad y mantenimiento de la locomotora del Tren de Felipe II.
d Gastos de alojamiento, mantenimiento y backups de la web Trenes Patrimonio
durante 2021.
d Servicios de operación de la circulación del Tren de la Fresa.
d Revisiones del material histórico según normativa estipulada del Tren de la Fresa.
— Los gastos derivados de las acciones de creación y mejora de la calidad del producto turístico-cultural, para lo que la Fundación destinará hasta 62.500 euros,
siendo subvencionable el 80 %:
d Creación de dossiers, infografías, catálogos o carteles que sirvan para anunciar
novedades de producto y/o capturar interés audiencia. Ejemplos: Guía del viajero, dosieres escolares 2021, etc.
d Análisis de resultados de acciones de marketing, posicionamiento de producto,
campañas y correlación con ventas de producto.
d Creación de producto turístico vinculado al senderismo.
d Auditoría externa de calidad para evaluación y análisis de los indicadores de
seguimiento del producto turístico.
d Toma y edición fotográfica y video para alimentar redes sociales y web
http://www.trenespatrimonio.es/es/
d Incorporación de contenido a la página http://www.trenespatrimonio.es/ en la
que se pueda actualizar contenido, cumplir normativas de seguridad y protección de datos, landings y posicionamiento SEO. Dispondrá de capacidad de conexión con landings de venta FFE y ALSA.
d Elaboración e implementación de carta de servicios conforme a UNE 93200
para el Tren de la Fresa y certificación AENOR.
d Servicios de mejora de la página web del canal de venta de billetes del Tren de
la Fresa.
d Servicios de mejora de la app del Tren de la Fresa.
— Los gastos derivados de las acciones de comunicación y promoción del producto,
para lo que la Fundación destinará hasta 37.500 euros siendo subvencionable
el 80 %:
d Generación de contenido, difusión de material, búsqueda y aprovechamiento
de tendencias de conversación en redes sociales, interacción con los usuarios
Tren Felipe II.
d Planificación y programación de campañas en Google Ads, Facebook/Instagram Ads Tren Felipe II.
d Generación de contenido, difusión de material, búsqueda y aprovechamiento
de tendencias de conversación en redes sociales, interacción con los usuarios
Trenes Patrimonio Mundial.
d Planificación y programación de campañas en Google Ads, Facebook/Instagram Ads Trenes Patrimonio Mundial.
Tercera
La Fundación de Ferrocarriles Españoles, en su calidad de beneficiario de la presente
subvención, está obligada al cumplimiento de las obligaciones generales a que se refiere el
artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como a:
a) Realizar las actividades que fundamentan la concesión de la subvención.
b) Justificar a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de las actividades y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, así como cualesquiera otras de comprobación y control
de la actividad económico- financiera que correspondan a la Intervención General de la Comunidad de Madrid, Tribunal de Cuentas u otros órganos competen-
BOCM-20211027-48
Obligaciones de las partes
Pág. 262
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 256
Así se estipulan los siguientes gastos subvencionables:
— Los gastos derivados del funcionamiento de los trenes, para lo que se destinará
hasta 25.000 euros, siendo subvencionable el 80 %:
d Alquiler, disponibilidad y mantenimiento de la locomotora del Tren de Felipe II.
d Gastos de alojamiento, mantenimiento y backups de la web Trenes Patrimonio
durante 2021.
d Servicios de operación de la circulación del Tren de la Fresa.
d Revisiones del material histórico según normativa estipulada del Tren de la Fresa.
— Los gastos derivados de las acciones de creación y mejora de la calidad del producto turístico-cultural, para lo que la Fundación destinará hasta 62.500 euros,
siendo subvencionable el 80 %:
d Creación de dossiers, infografías, catálogos o carteles que sirvan para anunciar
novedades de producto y/o capturar interés audiencia. Ejemplos: Guía del viajero, dosieres escolares 2021, etc.
d Análisis de resultados de acciones de marketing, posicionamiento de producto,
campañas y correlación con ventas de producto.
d Creación de producto turístico vinculado al senderismo.
d Auditoría externa de calidad para evaluación y análisis de los indicadores de
seguimiento del producto turístico.
d Toma y edición fotográfica y video para alimentar redes sociales y web
http://www.trenespatrimonio.es/es/
d Incorporación de contenido a la página http://www.trenespatrimonio.es/ en la
que se pueda actualizar contenido, cumplir normativas de seguridad y protección de datos, landings y posicionamiento SEO. Dispondrá de capacidad de conexión con landings de venta FFE y ALSA.
d Elaboración e implementación de carta de servicios conforme a UNE 93200
para el Tren de la Fresa y certificación AENOR.
d Servicios de mejora de la página web del canal de venta de billetes del Tren de
la Fresa.
d Servicios de mejora de la app del Tren de la Fresa.
— Los gastos derivados de las acciones de comunicación y promoción del producto,
para lo que la Fundación destinará hasta 37.500 euros siendo subvencionable
el 80 %:
d Generación de contenido, difusión de material, búsqueda y aprovechamiento
de tendencias de conversación en redes sociales, interacción con los usuarios
Tren Felipe II.
d Planificación y programación de campañas en Google Ads, Facebook/Instagram Ads Tren Felipe II.
d Generación de contenido, difusión de material, búsqueda y aprovechamiento
de tendencias de conversación en redes sociales, interacción con los usuarios
Trenes Patrimonio Mundial.
d Planificación y programación de campañas en Google Ads, Facebook/Instagram Ads Trenes Patrimonio Mundial.
Tercera
La Fundación de Ferrocarriles Españoles, en su calidad de beneficiario de la presente
subvención, está obligada al cumplimiento de las obligaciones generales a que se refiere el
artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como a:
a) Realizar las actividades que fundamentan la concesión de la subvención.
b) Justificar a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de las actividades y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, así como cualesquiera otras de comprobación y control
de la actividad económico- financiera que correspondan a la Intervención General de la Comunidad de Madrid, Tribunal de Cuentas u otros órganos competen-
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Obligaciones de las partes