Ciempozuelos (BOCM-20211026-64)
Régimen económico. Bases ayudas estudios
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 255

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 26 DE OCTUBRE DE 2021

Pág. 355

El sistema de concesión de las ayudas será la concurrencia competitiva.
La ayuda económica únicamente atenderá los gastos generados por la matrícula u otros
gastos administrativos derivados del curso.
Las ayudas se concederán a instancia de parte y tendrán carácter finalista, destinándose únicamente al objeto para el que hayan sido concedidas.
Enseñanzas comprendidas:
1. Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias del sistema educativo
español y con validez en todo el territorio nacional:
a) Formación profesional de grado medio y de grado superior.
b) Enseñanzas artísticas profesionales.
c) Enseñanzas deportivas.
d) Enseñanzas artísticas superiores.
e) Estudios de Idiomas realizados en las escuelas oficiales de titularidad de las administraciones educativas, incluidas la modalidad de a distancia.
f) Curso de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la formación
profesional y cursos de formación específicos para las pruebas de acceso a centros
privados, o concertados que tengan autorizadas enseñanzas de formación profesional.
g) Formación Profesional Básica.
Base 2.

Naturaleza y régimen jurídico aplicable

Las ayudas que se concedan tendrán carácter de subvención y se regirán por la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; por el Reglamento de la
Ley 38/2003, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; por la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ciempozuelos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 71, de 25 de marzo de 2008) y por lo recogido en las presentes bases reguladoras.
Base 3.

Vigencia

Las presentes bases estarán vigentes para el curso escolar 2021-2022.
Base 4. Consignación presupuestaria
La cuantía global máxima destinada a la convocatoria de las ayudas reguladas en las
presentes bases para el curso 2021-2022 asciende a la cantidad de 10.000 d, que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 2310-48910, del Presupuesto municipal vigente.
La ayuda cubrirá a los beneficiarios un máximo de 250 d de los gastos generados por
la matrícula u otros gastos administrativos derivados del curso.
Base 5. Beneficiarios/as
Podrán ser beneficiarios/as de las ayudas las personas mayores de 20 años en situación
de desempleo o búsqueda de mejora de empleo, que cursen durante el curso 2021-2022 estudios no universitarios oficiales, cuya renta familiar “per cápita” sea inferior a 9.000 d.
Para poder solicitar la ayuda se deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Que estén empadronados en Ciempozuelos a la fecha de publicación de las presentes bases y su convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
b) Estar matriculado en un centro de estudios oficiales, en alguna de las enseñanzas oficiales comprendidas en la base 1 de las presentes bases, durante el curso 2021-2022.
c) Estar en situación de desempleo o búsqueda de mejora de empleo.
d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias respecto del Ayuntamiento de
Ciempozuelos, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
e) Cumplir las normas de funcionamiento establecidas por el centro educativo en su
respectivo Reglamento de Régimen Interno.
f) Finalizar el curso académico con matrícula activa en la formación matriculada.
Los anteriores requisitos de los beneficiarios de las ayudas deberán mantenerse a lo
largo del curso escolar para el que se concede la ayuda.

BOCM-20211026-64

Base 6. Requisitos generales para solicitar la ayuda