B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211026-7)
Convocatoria pruebas selectivas –  Orden 391/2021, de 4 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Auxiliares, de Administración General, Grupo C, Subgrupo C2, de la Comunidad de Madrid
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 50

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 26 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 255

c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio
de representante que actúa en nombre de la persona aspirante, se deberá aportar la
correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible en el enlace “https://www.comunidad.madrid/gobierno/espaciosprofesionales/oposiciones-promocion-interna-especifica-administracion-servicioscomunidad-madrid”, accediendo a la convocatoria de este proceso selectivo y a
“Cumplimentación de solicitud y tasas-Autorización presentación solicitud”, de
acuerdo con la secuencia ya indicada en el apartado segundo de esta base tercera.
5. A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado
por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de derechos digitales (LOPDGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la
Dirección General de Función Pública para el desarrollo del presente proceso selectivo,
siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.
6. El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
7. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
8. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que este no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarta
Tasa por derechos de examen
1. En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen, se estará a lo dispuesto en
el apartado segundo de la base octava de la Orden 290/2018, de 27 de junio, debiendo hacer constar como motivo de la liquidación u observaciones del pago de la tasa: “Acceso por
promoción interna al Cuerpo de Auxiliares”.
2. Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en el citado apartado segundo, quienes soliciten participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en dicho apartado, la tasa por derechos ordinarios de examen
en procesos selectivos para ingreso en el Subgrupo C2 (“Do Examen Titulación Subgrupo C2/Grupo Profesional IV-Función Pública Dchos. ordinarios de examen”), y que asciende a 11,28 euros.
Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de
la tasa será de 5,64 euros.
Quinta
1. En cuanto a la admisión de las personas aspirantes, se estará a lo dispuesto en la
base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
2. En el caso de que alguna de las personas interesadas haya presentado su solicitud
de forma presencial, se la requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, considerándose a todos los efectos como fecha de presentación de la solicitud aquella
en la que se haya realizado la correspondiente subsanación, de acuerdo con lo recogido en
el artículo 5.3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio.

BOCM-20211026-7

Admisión de aspirantes