D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20211026-37)
Convenio – Convenio de 30 de septiembre de 2021, entre el Servicio Madrileño de Salud y la Junta Provincial de Madrid de la Asociación Española contra el Cáncer mediante el que se instrumenta una subvención directa por importe de 600.000 euros para el desarrollo de actividades en materia de cuidados paliativos para el año 2021
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 288
MARTES 26 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 255
tación que puedan plantearse en su ejecución y la de dirimir las posibles discrepancias que
puedan surgir entre las partes, sin perjuicio de las facultades de interpretación y control
que corresponden en exclusiva a la Administración concedente de la subvención.
Decimotercera
Régimen jurídico y jurisdicción competente
El presente convenio tiene naturaleza jurídica de subvención, siéndole de aplicación la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y restante legislación de desarrollo básica o, en su caso, supletoria.
Asimismo, quedará sometido al régimen jurídico de los convenios establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, en los términos establecidos en artículo 48.7 de la citada ley, esto es, en todo
lo que no se oponga a la normativa reguladora de subvenciones, quedando excluido del ámbito de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, conforme a lo
dispuesto en el artículo 6.2 de esta norma.
La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la competente para resolver cuantas
cuestiones litigiosas pudieran suscitarse entre las partes en desarrollo del presente convenio.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, se firma el presente convenio en
Madrid.
Madrid, a 30 de septiembre de 2021.—Por el Servicio Madrileño de Salud, el Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública y Director General del Servicio Madrileño de
Salud, Antonio Zapatero Gaviria. —Por la Junta Provincial de Madrid de la Asociación Española Contra el Cáncer (AECC), la Presidenta, Laura Ruiz de Galarreta Barrera.
ANEXO I
UNIDADES DE CUIDADOS PALIATIVOS DOMICILIARIOS AECC
Ubicación
Personal
Sanitario
Vehículo AECC
Conductor/a
(1)
ALCORCÓN
Centro de Salud
Los Castillos
Médico/a
Enfermero/a
Psicólogo/a
Trabajador/a
Social (1)
Si
No
ARAVACA
Centro de Salud
Aravaca
Médico/a
Enfermero/a
Psicólogo/a
Trabajador/a
Social (1)
Si
Si
LA PAZ 1
Hospital La Paz
LA PAZ 2
Hospital La Paz
LA PRINCESA
C/ Uruguay 9
Médico/a
Enfermero/a
Psicólogo/a
Trabajador/a
Social (1)
Si
Si
Médico/a
Enfermero/a
Psicólogo/a
Trabajador/a
Social (1)
Si
Si
Médico/a
Enfermero/a
Psicólogo/a
Trabajador/a
Social (1)
Si
Si
MÓSTOLES
Centro de Salud el
Soto
Médico/a
Enfermero/a
Psicólogo/a
Trabajador/a Social
(1)
Si
Si
Tres trabajadores sociales proporcionan cobertura a las Unidades de manera compartida, en función de las necesidades de intervención.
ANEXO II
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible
de ser revelada por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, intercambiada como consecuencia de este convenio.
Las partes se comprometen a mantener el compromiso de confidencialidad respecto a
la información y material facilitado y recibido en virtud del presente convenio de forma indefinida tras su finalización.
CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan con respecto a la información y material que hayan podido recibir como consecuencia de este convenio a:
a) Utilizar la información de forma reservada.
BOCM-20211026-37
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 288
MARTES 26 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 255
tación que puedan plantearse en su ejecución y la de dirimir las posibles discrepancias que
puedan surgir entre las partes, sin perjuicio de las facultades de interpretación y control
que corresponden en exclusiva a la Administración concedente de la subvención.
Decimotercera
Régimen jurídico y jurisdicción competente
El presente convenio tiene naturaleza jurídica de subvención, siéndole de aplicación la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y restante legislación de desarrollo básica o, en su caso, supletoria.
Asimismo, quedará sometido al régimen jurídico de los convenios establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, en los términos establecidos en artículo 48.7 de la citada ley, esto es, en todo
lo que no se oponga a la normativa reguladora de subvenciones, quedando excluido del ámbito de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, conforme a lo
dispuesto en el artículo 6.2 de esta norma.
La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la competente para resolver cuantas
cuestiones litigiosas pudieran suscitarse entre las partes en desarrollo del presente convenio.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, se firma el presente convenio en
Madrid.
Madrid, a 30 de septiembre de 2021.—Por el Servicio Madrileño de Salud, el Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública y Director General del Servicio Madrileño de
Salud, Antonio Zapatero Gaviria. —Por la Junta Provincial de Madrid de la Asociación Española Contra el Cáncer (AECC), la Presidenta, Laura Ruiz de Galarreta Barrera.
ANEXO I
UNIDADES DE CUIDADOS PALIATIVOS DOMICILIARIOS AECC
Ubicación
Personal
Sanitario
Vehículo AECC
Conductor/a
(1)
ALCORCÓN
Centro de Salud
Los Castillos
Médico/a
Enfermero/a
Psicólogo/a
Trabajador/a
Social (1)
Si
No
ARAVACA
Centro de Salud
Aravaca
Médico/a
Enfermero/a
Psicólogo/a
Trabajador/a
Social (1)
Si
Si
LA PAZ 1
Hospital La Paz
LA PAZ 2
Hospital La Paz
LA PRINCESA
C/ Uruguay 9
Médico/a
Enfermero/a
Psicólogo/a
Trabajador/a
Social (1)
Si
Si
Médico/a
Enfermero/a
Psicólogo/a
Trabajador/a
Social (1)
Si
Si
Médico/a
Enfermero/a
Psicólogo/a
Trabajador/a
Social (1)
Si
Si
MÓSTOLES
Centro de Salud el
Soto
Médico/a
Enfermero/a
Psicólogo/a
Trabajador/a Social
(1)
Si
Si
Tres trabajadores sociales proporcionan cobertura a las Unidades de manera compartida, en función de las necesidades de intervención.
ANEXO II
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible
de ser revelada por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, intercambiada como consecuencia de este convenio.
Las partes se comprometen a mantener el compromiso de confidencialidad respecto a
la información y material facilitado y recibido en virtud del presente convenio de forma indefinida tras su finalización.
CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan con respecto a la información y material que hayan podido recibir como consecuencia de este convenio a:
a) Utilizar la información de forma reservada.
BOCM-20211026-37
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO