D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20211026-37)
Convenio –  Convenio de 30 de septiembre de 2021, entre el Servicio Madrileño de Salud y la Junta Provincial de Madrid de la Asociación Española contra el Cáncer mediante el que se instrumenta una subvención directa por importe de 600.000 euros para el desarrollo de actividades en materia de cuidados paliativos para el año 2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 26 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 255

co del Sector Público, como el artículo 4 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo
de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Tercero
La atención del Servicio Madrileño de Salud a los problemas que plantea el tratamiento del enfermo de cáncer, en sus diversas y complejas manifestaciones, halla correlación
oportuna en las actividades de la AECC, en cuanto Organización no Gubernamental, declarada de Utilidad Pública.
En la atención de este problema de salud, merece consideración específica el estado de
los enfermos con enfermedad en situación avanzada para los que no sea conveniente su ingreso en Hospitales, y cuya permanencia en sus domicilios precise de medios adecuados para la
prestación de cuidados y controles clínicos, psicológicos y sociales que les son necesarios.
Cuarto
Con el fin de instrumentar una acción dirigida a la atención domiciliaria de tales enfermos, se firmó un primer acuerdo marco en el año 1994 entre el Instituto Nacional de la Salud y la AECC, con ampliaciones posteriores de Unidades de Cuidados Paliativos Domiciliarios (en adelante UCPD) cuya actividad en la atención a enfermos oncológicos terminales
en la Comunidad de Madrid se vino desarrollando en las áreas 2, 5, 8 y 11. Posteriormente,
el Instituto Madrileño de la Salud y la Junta Provincial de Madrid de la AECC, suscribieron
un Convenio Marco de Colaboración el 21 de abril de 2003. El Convenio citado preveía la
posibilidad de adhesión al mismo, por parte de las Direcciones Gerencias de Atención Primaria y Especializada de las Áreas Sanitarias, mediante las oportunas Adendas, en las que
se recogerían de forma específica las características de la colaboración a realizar. En este
sentido, se suscribieron, en fechas 23 de abril de 2003, 26 de noviembre de 2003 y 16 de diciembre de 2003, las adendas correspondientes a las Áreas Sanitarias 6, 8 y 2, respectivamente. Posteriormente y por Decreto 14/2005, de 27 de enero, se integra el Servicio Madrileño de Salud en el Instituto Madrileño de la Salud, se modifica su denominación y se
establece su régimen jurídico y de funcionamiento. Con fecha de 29 de diciembre de 2006,
el Servicio Madrileño de Salud y la Junta Provincial de Madrid de la AECC, suscribieron un
Protocolo General de Intenciones para el desarrollo de actividades en materia de cuidados
paliativos, dentro de cuyo marco se concretan los convenios subvención específicos firmados con carácter anual y donde, entre otros aspectos, se especifican las obligaciones respectivas y el importe de la subvención.
Quinto
El Plan Integral de Cuidados Paliativos de la Comunidad de Madrid 2005-2008 definió un modelo organizativo básico para el sistema sanitario madrileño, centrado en la atención a las necesidades del paciente y de la unidad familiar, acorde con los principios establecidos en la Ley de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid y con el resto de la
normativa sanitaria aplicable. Uno de los objetivos del Plan ha sido mejorar los niveles de
cobertura existentes, garantizando un acceso universal y equitativo a esta prestación en
nuestra Comunidad.

El Plan Estratégico de Cuidados Paliativos de la Comunidad de Madrid 2010-2014, que
continuó en la línea ya iniciada por la Comunidad de Madrid, impulsa la participación del
paciente y orienta los cuidados según las necesidades que este tiene desde un enfoque integral, incluyendo la valoración y documentación del lugar de atención más adecuado a sus necesidades. El Plan potencia la información y la formación sanitaria del paciente y de sus familiares, como forma más eficaz y humana para afrontar la evolución de la enfermedad y
apoyo a la familia, como cuidadora del paciente. Asimismo, se plantea la satisfacción de pacientes y familiares como un elemento importante a la hora de valorar la calidad de la prestación y su evaluación sistemática dentro de las líneas de mejora de la calidad de la atención
que se presta en cuidados paliativos.
El tercer Plan Integral de Cuidados Paliativos de la Comunidad de Madrid 2017-2020,
vigente en la actualidad, mantiene los principios y las líneas de actuación desarrolladas en el
Plan a que se refiere el párrafo anterior, dado que, desde el punto de vista asistencial y operativo, continúan vigentes los principios en el mismo contenidos, al objeto de integrar los recursos disponibles de forma coordinada, incorporando la atención física, psicológica y social

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