C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211026-26)
Convenio colectivo – Resolución de 14 de octubre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se rectifica error material en la publicación del convenio colectivo del Sector de Industria, Servicios e Instalaciones del Metal, suscrito por la asociación empresas del Comercio e Industrias del Metal de Madrid (AECIM) y por la representación sindical, CC OO de Industria de Madrid y Federación de Industria, Construcción y Agro de Madrid de UGT (código número 28003715011982)
47 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 255
MARTES 26 DE OCTUBRE DE 2021
x
Pág. 243
laboratorio y, en general, las específicas de puestos de oficina, que permiten informar de la
gestión, de la actividad económico-contable, coordinar labores productivas.
Técnico/a Auxiliar; Es el personal que por sus cualificados conocimientos y/o
experiencia supervisa o no la labor de otras personas trabajadoras, y realiza tareas
administrativas, comerciales, organizativas, de informática, de taller, de laboratorio y, en
general, las específicas de puestos de oficina, que permiten informar de la gestión a sus
superiores, de la actividad económico-contable, coordinar labores productivas.
C. Empleadas/os
Atendiendo al ámbito funcional y el nivel de independencia de sus labores en la empresa se
diferencia en:
x
x
Empleado/a: el personal que por sus conocimientos y/o experiencia realiza tareas
administrativas, comerciales, organizativas, de informática, de laboratorio y, en general,
las específicas de puestos de oficina, que permiten informar de la gestión, de la
actividad económico-contable, coordinar labores productivas o realizar tareas que
comporten atención a las personas.
Empleado/a Auxiliar; el personal que realiza bajo supervisión tareas auxiliares
administrativas, comerciales, organizativas, de informática, de laboratorio y, en general,
las específicas de puestos de oficina, que dan soporte a la gestión, a la actividad
económico-contable, a la coordinación de labores productivas o la realización de tareas
auxiliares que comporten atención a las personas.
D. Personal Operario
Atendiendo al ámbito funcional y el nivel de independencia de sus labores en la empresa se
diferencia en:
x
x
Operaria/o; Es el personal que, por sus conocimientos y/o experiencia técnica o de
oficio, ejecuta operaciones relacionadas con la producción, bien directamente, actuando
en el proceso productivo, o en labores de mantenimiento, transporte u otras operaciones
complementarias, pudiendo realizar, a su vez, funciones de supervisión o coordinación.
Operaria/o Auxiliar; Es el personal que por sus conocimientos y/o experiencia ejecuta
bajo supervisión operaciones relacionadas con la producción, bien directamente,
actuando en el proceso productivo, o en labores de mantenimiento, transporte u otras
operaciones complementarias o auxiliares.
DESCRIPCIÓN DE LOS GRUPOS PROFESIONALES
GRUPO PROFESIONAL 1
Criterios Generales
Las personas trabajadoras pertenecientes a este Grupo, tienen la responsabilidad directa en la
gestión de una o varias áreas funcionales de la empresa, o realizan tareas técnicas de la más alta
complejidad y cualificación. Toman decisiones o participan en su elaboración así como en la
definición de objetivos concretos. Desempeñan sus funciones con un alto grado de autonomía,
iniciativa y responsabilidad.
Formación: Titulación universitaria de grado superior o conocimientos equivalentes reconocidos
por la empresa, completados con estudios específicos y/o con una dilatada experiencia profesional
consolidada en el ejercicio de su profesión.
Ejemplos.- En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades
que, por analogía, son asimilables a las siguientes:
1. Supervisión y dirección técnica de un proceso o sección de fabricación, de la totalidad del
mismo, o de un Grupo de servicios o de la totalidad de los mismos.
2. Tareas de dirección técnica de alta complejidad y heterogeneidad, con elevado nivel de
autonomía e iniciativa dentro de su campo, en funciones de investigación, control de calidad,
definición de procesos industriales, administración, asesoría jurídico-laboral y fiscal, etc.
BOCM-20211026-26
Tareas:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 255
MARTES 26 DE OCTUBRE DE 2021
x
Pág. 243
laboratorio y, en general, las específicas de puestos de oficina, que permiten informar de la
gestión, de la actividad económico-contable, coordinar labores productivas.
Técnico/a Auxiliar; Es el personal que por sus cualificados conocimientos y/o
experiencia supervisa o no la labor de otras personas trabajadoras, y realiza tareas
administrativas, comerciales, organizativas, de informática, de taller, de laboratorio y, en
general, las específicas de puestos de oficina, que permiten informar de la gestión a sus
superiores, de la actividad económico-contable, coordinar labores productivas.
C. Empleadas/os
Atendiendo al ámbito funcional y el nivel de independencia de sus labores en la empresa se
diferencia en:
x
x
Empleado/a: el personal que por sus conocimientos y/o experiencia realiza tareas
administrativas, comerciales, organizativas, de informática, de laboratorio y, en general,
las específicas de puestos de oficina, que permiten informar de la gestión, de la
actividad económico-contable, coordinar labores productivas o realizar tareas que
comporten atención a las personas.
Empleado/a Auxiliar; el personal que realiza bajo supervisión tareas auxiliares
administrativas, comerciales, organizativas, de informática, de laboratorio y, en general,
las específicas de puestos de oficina, que dan soporte a la gestión, a la actividad
económico-contable, a la coordinación de labores productivas o la realización de tareas
auxiliares que comporten atención a las personas.
D. Personal Operario
Atendiendo al ámbito funcional y el nivel de independencia de sus labores en la empresa se
diferencia en:
x
x
Operaria/o; Es el personal que, por sus conocimientos y/o experiencia técnica o de
oficio, ejecuta operaciones relacionadas con la producción, bien directamente, actuando
en el proceso productivo, o en labores de mantenimiento, transporte u otras operaciones
complementarias, pudiendo realizar, a su vez, funciones de supervisión o coordinación.
Operaria/o Auxiliar; Es el personal que por sus conocimientos y/o experiencia ejecuta
bajo supervisión operaciones relacionadas con la producción, bien directamente,
actuando en el proceso productivo, o en labores de mantenimiento, transporte u otras
operaciones complementarias o auxiliares.
DESCRIPCIÓN DE LOS GRUPOS PROFESIONALES
GRUPO PROFESIONAL 1
Criterios Generales
Las personas trabajadoras pertenecientes a este Grupo, tienen la responsabilidad directa en la
gestión de una o varias áreas funcionales de la empresa, o realizan tareas técnicas de la más alta
complejidad y cualificación. Toman decisiones o participan en su elaboración así como en la
definición de objetivos concretos. Desempeñan sus funciones con un alto grado de autonomía,
iniciativa y responsabilidad.
Formación: Titulación universitaria de grado superior o conocimientos equivalentes reconocidos
por la empresa, completados con estudios específicos y/o con una dilatada experiencia profesional
consolidada en el ejercicio de su profesión.
Ejemplos.- En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades
que, por analogía, son asimilables a las siguientes:
1. Supervisión y dirección técnica de un proceso o sección de fabricación, de la totalidad del
mismo, o de un Grupo de servicios o de la totalidad de los mismos.
2. Tareas de dirección técnica de alta complejidad y heterogeneidad, con elevado nivel de
autonomía e iniciativa dentro de su campo, en funciones de investigación, control de calidad,
definición de procesos industriales, administración, asesoría jurídico-laboral y fiscal, etc.
BOCM-20211026-26
Tareas: