Torrejón de Ardoz (BOCM-20211025-71)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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B.O.C.M. Núm. 254

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE OCTUBRE DE 2021

Pág. 657

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de las bases generales para la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y que se pueden consultar en
la web del Ayuntamiento https://www.ayto-torrejon.es/sites/default/files/inline-files/Ordenanza
y bases reguladoras concesion subvenciones.pdf o en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID (https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/27/BOCM-2016122748.PDF).
Cuarto. Cuantía.—El importe máximo asignado a la convocatoria asciende a 300.000
euros. La ayuda consistirá en un pago único de 100,00 euros, que se reducirá al 90 por 100
del coste real del suministro eléctrico en el período comprendido entre junio y septiembre
de 2021, cuando este sea inferior a 100,00 euros. En caso de que las solicitudes, válidamente presentadas en el plazo establecido y que cumplan con los requisitos de la convocatoria,
fueran superiores al número de ayudas que puedan ser aceptadas conforme el crédito presupuestario habilitado en esta convocatoria, se priorizará:
1.o Solicitantes cuyas unidades de convivencia estén integradas por víctimas de violencia de género, discapacitados (al menos el 33 por 100) o grado de dependencia reconocido.
2.o Si aplicado el criterio anterior, el número de solicitudes que cumplen requisitos
excedieran el número de ayudas a conceder según el presupuesto asignado, tendrán preferencia aquellas solicitudes referidas a unidades de convivencia con menor capacidad económica: se establecerá un orden de menor a mayor ingreso, hasta donde alcance el presupuesto.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para solicitar las subvenciones al suministro eléctrico previstas en esta convocatoria será del 22 de octubre al 11 de noviembre de 2021 (ambos inclusive). Las solicitudes podrán ser presentadas a través de sede
electrónica (con certificado o DNI electrónico) o presencialmente a través del Registro Municipal. La solicitud se deberá ajustar al modelo oficial aprobado con la convocatoria.
Sexto. Otros datos.—A dicha solicitud se incorporarán los siguientes documentos:
a) NIF o NIE del solicitante de la ayuda.
b) Declaración jurada firmada por el solicitante de no estar incurso en ninguna de las
circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en los términos referido en el anexo III. Los solicitantes, dado que se trata de una ayuda de carácter social, quedan eximidos de la
obligación de acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a
la Seguridad Social impuestas por la legislación vigente.
c) En unidades de convivencia pluripersonales, formulario de “Comunicación de Consulta de Datos” (anexo IV de la convocatoria) firmada por todas las personas empadronadas en el domicilio del solicitante de la ayuda, mayores de 16 años.
d) Facturas emitidas por la compañía suministradora de electricidad, correspondientes a los meses de junio, julio, agosto y septiembre de 2021, así como los correspondientes documentos acreditativos del abono de las mismas por el solicitante de
la ayuda.
e) En los supuestos de que el solicitante sea arrendatario de la vivienda, constando el
contrato de suministro eléctrico a nombre del propietario arrendador, contrato de
arrendamiento de la vivienda.
f) Declaración del impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) o certificado negativo correspondiente a 2020 de todos los miembros de la unidad de convivencia
mayores de 16 años. La aportación de este documento únicamente será obligatoria si
concurre oposición a la consulta telemática de datos (artículo 28.2 de la Ley 39/2015,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
g) Documento justificativo de la titularidad de la cuenta corriente designada por el
solicitante para el abono de la ayuda.
Torrejón de Ardoz, a 21 de octubre de 2021.—El alcalde-presidente, Ignacio Vázquez
Casavilla.
(03/30.215/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20211025-71

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