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Convocatoria curso –  Resolución de 8 de octubre de 2021, de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación, por la que se convoca el curso específico de formación para la integración en la categoría de Policía y Oficial, Escala Básica, en el subgrupo profesional C1, de los miembros de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 254

LUNES 25 DE OCTUBRE DE 2021

Pág. 453

Segundo
Requisitos de participación
1. Podrán participar en el curso los funcionarios de carrera que reúnan los siguientes
requisitos:
a) Pertenecer a Cuerpos de Policía Local de los Ayuntamientos de la Comunidad de
Madrid, Escala de Administración Especial, del Grupo C, Subgrupo C2, en situación a extinguir.
b) Carecer del título de Bachiller o del título de Técnico, o de cualquier otra titulación o estudios equivalentes a alguno de los anteriores, exigidos para el ingreso en
los Cuerpos y/o Escalas del Grupo C, Subgrupo C1.
c) Haber completado cinco años de antigüedad en el Subgrupo de clasificación C2, y
no haber superado los diez años.
2. Los requisitos de esta base segunda deben cumplirse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. Los empleados públicos podrán participar en este curso específico de formación
durante los permisos por parto, adopción o acogimiento, así como durante la situación de
excedencia por cuidado de hijos, cuidado de familiares, por razón de violencia de género o
por motivos particulares.
4. Para ser admitido en este curso, los aspirantes deberán haber aportado la documentación solicitada en esta convocatoria.
Tercero
Documentación a aportar
1. Para la participación en el curso, los solicitantes deberán aportar el Certificado del
Registro de Personal, Secretaría de su Ayuntamiento, u órgano competente del mismo, donde figure el destino, la antigüedad, y la adscripción orgánica del interesado.
2. La Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación verificará la carencia por el aspirante del título de Bachiller, Técnico o equivalente, mediante la consulta
de las titulaciones inscritas en el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
3. Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio
de representante que actúa en nombre del aspirante, se deberá aportar la correspondiente
autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible siguiendo la
secuencia indicada en el punto 3 del apartado cuarto.
Cuarto

1. Las solicitudes se presentarán por los interesados que cumplan los requisitos de
participación, quienes aportarán la documentación relacionada en el punto tercero de esta
Resolución.
2. Al ser los solicitantes sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, la notificación se realizará a través de
medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto legal.
A tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, accediendo al mismo a través del enlace
http://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-electronica-punto-acceso-general
3. Las solicitudes se presentarán electrónicamente, a través del Registro Electrónico
de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, al que se podrá acceder a través de la
página web https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-electronica-puntoacceso-general rellenando el formulario de este proceso, de acuerdo con las instrucciones
que constan en el mismo.
4. Será preciso a este fin, disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica que sean operativos en la Comunidad de Madrid y
expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios
de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid
considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para
cada tipo de firma.

BOCM-20211025-19

Presentación de solicitudes: plazo, lugar y forma