A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20211022-1)
Programa inversión regional – Acuerdo de 20 de octubre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Actuación del Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2022-2026
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BOCM
Pág. 14
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 252
ingresos, entidades singulares y dependencia territorial, criterios de reparto regulados en el
artículo 9 del Decreto 118/2020, de 23 de diciembre.
Las asignaciones iniciales así determinadas, son estimaciones de inversión, que estarán supeditadas a disponibilidad presupuestaria y no implicarán compromiso de gasto por
parte de la Comunidad de Madrid.
De conformidad a lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Decreto 118/2020, de 23 de diciembre, de Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2021-2025, con una
dotación de 1.000.000.000 de euros (actualmente PIR 2022-2026), “el gasto a que dé lugar
la terminación y liquidación del Programa de Inversión Regional 2016-2019 conforme a lo
previsto en el Decreto 44/2020, de 17 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 75/2016, de 12 de julio, por el que se aprueba el Programa de Inversión
Regional de la Comunidad de Madrid 2016-2019, con una aportación de la Comunidad de
Madrid de 700.000.000 de euros y se regulan las condiciones de terminación y liquidación
del Programa, se imputará a las aplicaciones presupuestarias previstas para el Programa de
Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2021-2025”.
En este sentido, a la vista de los acuerdos órganos competentes municipales, procede
ahora configurar la aprobación el Plan de Actuación previsto en el artículo 9 del Decreto 118/2020, de 23 de diciembre.
El contenido del Plan de Actuación se ajusta a la normativa reguladora del Programa
anteriormente citada, así como a la previsión del artículo 56 de la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019 prorrogada por el Decreto 122/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2019 hasta la entrada en vigor de los Presupuestos
Generales para 2021, en cuya virtud el Consejo de Gobierno, previo informe de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, podrá aprobar planes y programas de actuación que
impliquen gastos que puedan extenderse a ejercicios futuros, por lo que, a iniciativa de la
Dirección General de Inversiones y Desarrollo Local, a propuesta de la Consejería de
Administración Local y Digitalización y previa deliberación, en su reunión del día 20 de
octubre de 2021, el Consejo de Gobierno
ACUERDA
Primero
Aprobar el Plan de Actuación del Programa Inversión Regional 2022-2026, que se adjunta al presente Acuerdo como Anexo I, con sometimiento a las directrices de actuación
establecidas por el Decreto 118/2020, de 23 de diciembre.
Segundo
Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
siendo eficaz desde el día de su publicación.
Madrid, a 20 de octubre de 2021.
El Consejero de Administración Local y Digitalización,
CARLOS IZQUIERDO TORRES
BOCM-20211022-1
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
Pág. 14
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 252
ingresos, entidades singulares y dependencia territorial, criterios de reparto regulados en el
artículo 9 del Decreto 118/2020, de 23 de diciembre.
Las asignaciones iniciales así determinadas, son estimaciones de inversión, que estarán supeditadas a disponibilidad presupuestaria y no implicarán compromiso de gasto por
parte de la Comunidad de Madrid.
De conformidad a lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Decreto 118/2020, de 23 de diciembre, de Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2021-2025, con una
dotación de 1.000.000.000 de euros (actualmente PIR 2022-2026), “el gasto a que dé lugar
la terminación y liquidación del Programa de Inversión Regional 2016-2019 conforme a lo
previsto en el Decreto 44/2020, de 17 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 75/2016, de 12 de julio, por el que se aprueba el Programa de Inversión
Regional de la Comunidad de Madrid 2016-2019, con una aportación de la Comunidad de
Madrid de 700.000.000 de euros y se regulan las condiciones de terminación y liquidación
del Programa, se imputará a las aplicaciones presupuestarias previstas para el Programa de
Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2021-2025”.
En este sentido, a la vista de los acuerdos órganos competentes municipales, procede
ahora configurar la aprobación el Plan de Actuación previsto en el artículo 9 del Decreto 118/2020, de 23 de diciembre.
El contenido del Plan de Actuación se ajusta a la normativa reguladora del Programa
anteriormente citada, así como a la previsión del artículo 56 de la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019 prorrogada por el Decreto 122/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2019 hasta la entrada en vigor de los Presupuestos
Generales para 2021, en cuya virtud el Consejo de Gobierno, previo informe de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, podrá aprobar planes y programas de actuación que
impliquen gastos que puedan extenderse a ejercicios futuros, por lo que, a iniciativa de la
Dirección General de Inversiones y Desarrollo Local, a propuesta de la Consejería de
Administración Local y Digitalización y previa deliberación, en su reunión del día 20 de
octubre de 2021, el Consejo de Gobierno
ACUERDA
Primero
Aprobar el Plan de Actuación del Programa Inversión Regional 2022-2026, que se adjunta al presente Acuerdo como Anexo I, con sometimiento a las directrices de actuación
establecidas por el Decreto 118/2020, de 23 de diciembre.
Segundo
Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
siendo eficaz desde el día de su publicación.
Madrid, a 20 de octubre de 2021.
El Consejero de Administración Local y Digitalización,
CARLOS IZQUIERDO TORRES
BOCM-20211022-1
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO