B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211022-21)
Lista de espera interinos – Resolución de 11 de octubre de 2021, de la Dirección General de Función Pública, por la que se requiere documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos a efectos de la constitución de la lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Técnicos Superiores Medioambientales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 105
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
21
RESOLUCIÓN de 11 de octubre de 2021, de la Dirección General de Función
Pública, por la que se requiere documentación acreditativa del cumplimiento de
requisitos a efectos de la constitución de la lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Técnicos Superiores Medioambientales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.
Mediante Orden 533/2018, de 26 de febrero, de la entonces Consejería de Presidencia,
Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 85, de 10 de abril), se convocaron pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de
Técnicos Superiores Medioambientales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1,
de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril,
por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base
decimocuarta de la citada Orden 533/2018, de 26 de febrero, a efectos de la selección de
personal funcionario interino del cuerpo de referencia, se formará una lista de espera con
los aspirantes del turno libre que, habiendo aprobado alguno de los ejercicios de la oposición, no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de
no formar parte de dicha lista de espera. En ningún caso formarán parte de dicha lista de espera los aspirantes a los que se les haya anulado el examen de alguno de los ejercicios de la
oposición, o en su caso, el trabajo expuesto en el curso selectivo, por incumplimiento de las
normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.
A tal fin, el apartado segundo de la base decimocuarta de la Orden 533/2018, de 26 de
febrero, dispone que el tribunal calificador de las señaladas pruebas remitirá a la Dirección
General de Función Pública la relación de aspirantes que deban integrar la lista de espera
ordenados según los criterios establecidos en el apartado primero de la base decimocuarta,
especificando en dicha relación el turno por el cual los aspirantes han participado en el proceso selectivo. La citada dirección general publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la resolución mediante la que se requerirá a los aspirantes integrantes
del listado facilitado por el tribunal calificador, la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de participación exigidos en la expresada orden
de convocatoria.
En virtud de cuanto antecede, esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas, en el artículo 11.g) del Decreto 272/2019, de 22 de octubre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Función Pública, en relación con el artículo 5 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las
Consejerías,
RESUELVE
Hacer pública, como Anexo a la presente resolución, la relación de aspirantes remitida por el tribunal calificador de las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores Medioambientales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1,
de la Comunidad de Madrid, integrada por aquellos/as que han alcanzado el nivel mínimo
establecido en la base decimocuarta de la citada orden, a fin de formar parte de la lista de
espera de personal funcionario interino del indicado Cuerpo.
Segundo
1. Requerir a las personas que figuran en el mencionado Anexo, la presentación, en
el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta
BOCM-20211022-21
Primero
B.O.C.M. Núm. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 105
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
21
RESOLUCIÓN de 11 de octubre de 2021, de la Dirección General de Función
Pública, por la que se requiere documentación acreditativa del cumplimiento de
requisitos a efectos de la constitución de la lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Técnicos Superiores Medioambientales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.
Mediante Orden 533/2018, de 26 de febrero, de la entonces Consejería de Presidencia,
Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 85, de 10 de abril), se convocaron pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de
Técnicos Superiores Medioambientales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1,
de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril,
por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base
decimocuarta de la citada Orden 533/2018, de 26 de febrero, a efectos de la selección de
personal funcionario interino del cuerpo de referencia, se formará una lista de espera con
los aspirantes del turno libre que, habiendo aprobado alguno de los ejercicios de la oposición, no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de
no formar parte de dicha lista de espera. En ningún caso formarán parte de dicha lista de espera los aspirantes a los que se les haya anulado el examen de alguno de los ejercicios de la
oposición, o en su caso, el trabajo expuesto en el curso selectivo, por incumplimiento de las
normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.
A tal fin, el apartado segundo de la base decimocuarta de la Orden 533/2018, de 26 de
febrero, dispone que el tribunal calificador de las señaladas pruebas remitirá a la Dirección
General de Función Pública la relación de aspirantes que deban integrar la lista de espera
ordenados según los criterios establecidos en el apartado primero de la base decimocuarta,
especificando en dicha relación el turno por el cual los aspirantes han participado en el proceso selectivo. La citada dirección general publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la resolución mediante la que se requerirá a los aspirantes integrantes
del listado facilitado por el tribunal calificador, la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de participación exigidos en la expresada orden
de convocatoria.
En virtud de cuanto antecede, esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas, en el artículo 11.g) del Decreto 272/2019, de 22 de octubre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Función Pública, en relación con el artículo 5 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las
Consejerías,
RESUELVE
Hacer pública, como Anexo a la presente resolución, la relación de aspirantes remitida por el tribunal calificador de las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores Medioambientales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1,
de la Comunidad de Madrid, integrada por aquellos/as que han alcanzado el nivel mínimo
establecido en la base decimocuarta de la citada orden, a fin de formar parte de la lista de
espera de personal funcionario interino del indicado Cuerpo.
Segundo
1. Requerir a las personas que figuran en el mencionado Anexo, la presentación, en
el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta
BOCM-20211022-21
Primero