D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20211022-37)
Convenio –  Convenio de 1 de septiembre de 2021, específico entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación Empresarial de Alimentos de la Comunidad de Madrid (ASEACAM) para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2021 y 2022 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 252

Fase 2: ejecución de acciones. Se harán un total de 3 visitas a las empresas por un
profesional experto en nutrición y ejercicio físico 3 veces durante la ejecución de
la acción durante 3 h cada día en la empresa para consultas personalizadas de los
trabajadores sobre esta materia.
— Se informará a todos los trabajadores sobre alguna de las distintas herramientas disponibles “apps” con contenidos de nutrición y de ejercicio físico.
— Estudios cineantropométricos: para conocer la composición corporal de forma segmentada, todos los parámetros imprescindibles para corregir, adaptar
y personalizar un plan de entrenamiento y nutricional adecuado a los objetivos de cada persona. Se entregará un informe confidencial con los resultados
vía mail a cada trabajador que lo solicite.
— Realización de uno de estos dos talleres formativos en cada empresa participante:
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A los talleres se prevé una asistencia máxima de 15 personas. Están orientados a
todos los estamentos de la empresa.
Fase 3: verificación. Entrega de informe. 1 visita.
— Informe final con los resultados de la empresa: lo elaborará la empresa contratada para realizar la acción “implantación de acciones de empresa saludable
frente al sobrepeso y sedentarismo en la industria alimentaria” y se proporcionará justificante de dicha entrega a ASEACAM.
En este informe irá dirigido a la empresa participante y se:
— Evaluarán los logros, los resultados y los cambios producidos.
— Detectarán obstáculos o limitaciones que impiden los cambios efectivos.
— Evaluará el impacto del programa en la empresa.
Toda esta actuación se llevará a cabo con medios ajenos a ASEACAM.
2.2. Anualidad 2022:
2.2.1. Visitas de asesoramiento específicas: visitas de asesoramiento a empresas o
centros de trabajo para principalmente asesorar sobre una materia preventiva particular
(gestión preventiva, riesgo concreto, etcétera). Esta acción será realizada por técnicos superiores de prevención de riesgos laborales, técnicos superiores en prevención de riesgos
profesionales (ciclo formativo de grado superior de Formación Profesional) o por aquellos
técnicos capacitados para desarrollar las funciones de nivel intermedio, conforme a lo establecido en el Anexo VI del Reglamento de los Servicios de Prevención aprobado por Real
Decreto 39/1997, de 17 de enero.
De forma general, se establecen los siguientes límites:
— Número máximo de visitas de asesoramiento día/técnico: 6.
— Número máximo de asesoramientos por visita a realizar en cada empresa o centro
de trabajo: 3.
— Número mínimo de actuaciones de asesoramiento: 130.
— Número mínimo de empresas alcanzadas. 50.
Esta actuación podría sufrir cambios en función de la evolución de la situación sanitaria como consecuencia del COVID-19. En caso de producirse, estos cambios serán no sustanciales y respetarán el presupuesto aprobado en el convenio y los fines del mismo.
Las visitas a desarrollar se diferencian, según su tipología, en:
1. Denominación del tipo: asesoramiento técnico específico actualizado frente al
COVID-19.
— Número total de asesoramientos: 30. Se visitarán 30 empresas.
— Número de asesoramientos por centro: uno.
— Contenido de la visita:
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BOCM-20211022-37

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