C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211022-28)
Convenio colectivo – Resolución de 7 de octubre de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo del Sector de Comercio de Alimentación, suscrito por la representación empresarial, Adepesca, Adefrutas, Asdhac y La Única, y por las representaciones sindicales la Federación de Servicios de CC OO-Madrid y FESMC-UGT Madrid (código número 28000715011982)
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 190
VIERNES 22 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 252
ANEXO I
Tabla Salarial. Año 2021
Quedan fijadas las siguientes tablas salariales correspondientes a los salarios base de grupo,
según se indica en el artículo 20 del presente convenio, para el año 2021 y desde el mes de
entrada en vigor de este convenio:
GRUPOS
MENSUAL
ANUAL
933,34
14.000,01
II
984,16
14.762,40
III
1.013,29
15.199,35
IV
1.133,33
16.999,95
V
1.333,33
19.999,95
0
1.666,66
24.999,90
I
ANEXO II
Tabla Salarial. Año 2022
Quedan fijadas las siguientes tablas salariales correspondientes a los salarios base de grupo,
según se indica en el artículo 20 del presente convenio, para el año 2022:
MENSUAL
ANUAL
I
GRUPOS
956,67
14.350,01
II
1.008,76
15.131,40
III
1.038,62
15.579,30
IV
1.161,66
17.424,90
V
1.366,66
20.499,90
0
1.708,33
25.624,95
BOCM-20211022-28
(03/29.216/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 190
VIERNES 22 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 252
ANEXO I
Tabla Salarial. Año 2021
Quedan fijadas las siguientes tablas salariales correspondientes a los salarios base de grupo,
según se indica en el artículo 20 del presente convenio, para el año 2021 y desde el mes de
entrada en vigor de este convenio:
GRUPOS
MENSUAL
ANUAL
933,34
14.000,01
II
984,16
14.762,40
III
1.013,29
15.199,35
IV
1.133,33
16.999,95
V
1.333,33
19.999,95
0
1.666,66
24.999,90
I
ANEXO II
Tabla Salarial. Año 2022
Quedan fijadas las siguientes tablas salariales correspondientes a los salarios base de grupo,
según se indica en el artículo 20 del presente convenio, para el año 2022:
MENSUAL
ANUAL
I
GRUPOS
956,67
14.350,01
II
1.008,76
15.131,40
III
1.038,62
15.579,30
IV
1.161,66
17.424,90
V
1.366,66
20.499,90
0
1.708,33
25.624,95
BOCM-20211022-28
(03/29.216/21)
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ISSN 1989-4791