B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211021-8)
Lista de espera interinos –  Resolución de 8 de octubre de 2021, de la Dirección General de Función Pública, por la que se requiere documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos a efectos de la constitución de la lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala Arquitectura Superior, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 251

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2021, de la Dirección General de Función Pública, por la que se requiere documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos a efectos de la constitución de la lista de espera de personal funcionario
interino del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala Arquitectura Superior, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 815/2018, de 15 de marzo, de la entonces Consejería de Presidencia,
Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 92, de 18 de abril), fueron convocadas pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo
de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Arquitectura Superior, de Administración
Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril,
por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid y en la base
decimocuarta de la citada Orden 815/2018, de 15 de marzo, a efectos de la selección de personal funcionario interino del cuerpo y escala de referencia, se formará una lista de espera
con aquellos aspirantes del turno libre que hubiesen superado en el primer ejercicio de la
oposición y no superasen el mencionado proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera, o que se les hubiera anulado
el examen de alguno de los ejercicios de la oposición por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.
A tal fin, el apartado segundo de la base decimocuarta de la ya reiterada Orden 815/2018,
de 15 de marzo, dispone que el tribunal calificador de las señaladas pruebas remitirá a la Dirección General de Función Pública la relación de aspirantes que integrarían esa lista de espera.
De acuerdo con la normativa expuesta, y una vez elevada por el tribunal de selección
la relación de aspirantes que han de ser tomados en consideración a los efectos descritos en
la base decimocuarta anteriormente indicada, resulta obligada la previa acreditación por
aquellos del cumplimiento de los referidos requisitos.
En virtud de cuanto antecede, esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas,
RESUELVE
Primero

Segundo
1. Requerir a las personas que figuran en el mencionado Anexo, en los términos del
apartado primero, la presentación, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del
día siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de los documentos que correspondan de entre los que se detallan a con-

BOCM-20211021-8

Hacer pública, como Anexo a la presente resolución, la relación de aspirantes remitida
por el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Arquitectura Superior, de Administración Especial,
Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, convocadas por Orden 815/2018, de 15
de marzo, de la entonces Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 92, de 18 de abril), e integrada por
aquellos/as aspirantes que han alcanzado el nivel mínimo establecido en la base decimocuarta de dicha orden, todo ello a fin de formar parte de la lista de espera de personal funcionario
interino del citado cuerpo y escala en los términos del apartado primero.