D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20211021-35)
Convenio –  Convenio específico de 27 de septiembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2021 y 2022 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 251

JUEVES 21 DE OCTUBRE DE 2021

Pág. 219

TERCERA: RECURSOS HUMANOS PROPIOS DE AECIM PARA LA REALIZACIÓN DE LAS
ACTUACIONES A DESARROLLAR EN EJECUCIÓN DEL CONVENIO ESPECÍFICO.
Para la realización de este proyecto se contará, al menos, con el personal que se relaciona
a continuación para la correcta ejecución de las acciones del Convenio Específico. Las tareas podrán
repartirse entre más personas pertenecientes a cada categoría, pero se mantendrán las horas totales
y el presupuesto.
3.1 ANUALIDAD 2021
x

1 director cuya función es la de dirigirtanto el equipo técnico como al
administrativo y 3 coordinadores del proyecto, cuya función es la de coordinar
los diferentes equipos técnico, administrativo y de comunicación. Realizarán en
conjunto un máximo de 1.700 horas/año.

x

6 técnicos en prevención de riesgos laborales cuyas funciones serán la
redacción contenidos material divulgativo, realización de 900 asesoramientos, 900
informes confidenciales, realización de 6 informes globales, un estudio referido a
los equipos de protección individual en los centros de trabajo, un catálogo de
empresas habilitadoras, así como el acompañamiento en la campaña de
publicidad con el autobús. Realizarán en conjunto un máximo de 6.391 horas/año.

x

1 Técnico de comunicación cuya función será llevar acabo las campañas de
publicidad. Realizará un máximo de 950 horas/año.

x

3 Administrativo que realizará las funciones administrativas necesarias para el
buen desarrollo de las actuaciones. Realizarán un máximo de 2.850 horas/año.

3.2 ANUALIDAD 2022
x

1 director cuya función es la de dirigirtanto el equipo técnico como al
administrativo y 3 coordinadores del proyecto, cuya función es la de coordinar
los diferentes equipos técnico, administrativo y de comunicación. Realizarán en
conjunto un máximo de 1.763 horas/año.

x

6 técnicos en prevención de riesgos laborales cuyas funciones serán la
redacción contenidos material divulgativo, realización de 1.300 asesoramientos,
1.300 informes confidenciales, realización de 7 informes globales, así como un
estudio referido a medidas de emergencia y planes de autoprotección, el desarrollo
de un catálogo de empresas habilitadoras para el desarrollo de soluciones técnicas
en materia preventiva, así como la participación en la campaña de buenas
prácticas. Realizarán, en conjunto, un máximo de 8.602 horas/año.

x

1 Técnico de comunicación cuya función será llevar acabo las campañas de
publicidad. Realizará un máximo de 1.020 horas/año.

x

3 Administrativos que realizará las funciones administrativas necesarias para el
buen desarrollo de las actuaciones. Realizarán, en cojunto, un máximo de 3.558
horas/año.

CUARTA: RÉGIMEN JURÍDICO.

Por dicha naturaleza convencional se encuentra excluido del ámbito de aplicación de la Ley
9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de
26 de febrero de 2014, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.1 y 2 del mismo.
En base a lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 48.7 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, el marco normativo de la presente subvención viene determinado por lo

BOCM-20211021-35

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo de aplicación lo establecido en
el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se
regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.