D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20211021-35)
Convenio –  Convenio específico de 27 de septiembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2021 y 2022 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 180

JUEVES 21 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 251

CLÁUSULAS
PRIMERA: OBJETO DEL CONVENIO ESPECÍFICO
El objeto de este Convenio Específico es instrumentar una subvención directa con la
finalidad de apoyar las medidas en materia de prevención de riesgos laborales, previstas en los
diversos ejes del VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid,
articulándose a través del eje transversal 4.4 “Colaboración con los agentes sociales”, que desarrolle
AECIM en orden a impulsar una prevención de riesgos laborales más práctica y adaptada a la
realidad de las empresas y los trabajadores, lo que requiere la colaboración y el empeño de los
propios trabajadores, así como el consolidar las políticas públicas en la materia y fortalecer el papel
de los diferentes agentes sociales en la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo,
incrementándose, con ello, la coordinación entre todos estos actores implicados.
Con ello se pretende llevar a cabo un mayor acercamiento de la prevención de riesgos
laborales a todos los estamentos y contribuir a un mayor desarrollo de la cultura preventiva, a través
de los Ejes y las medidas señaladas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de
la Comunidad de Madrid 2021-2024.
SEGUNDA: ACTUACIONES A DESARROLLAR
Para la comunicación, seguimiento y valoración de la ejecución material de cada una de las
acciones que se describen a continuación se utilizarán unos formatos normalizados (SEN), que
figuran en el procedimiento de seguimiento del IRSST.
Con objeto de que el IRSST disponga de los datos necesarios para cumplir con lo dispuesto
en el punto V del VI Plan Director, en relación a la ejecución, seguimiento y evaluación del mismo,
AECIM realizará el seguimiento de las actuaciones previstas en el presente Convenio Específico a
través de un procedimiento interno de seguimiento de actuaciones realizadas al amparo del VI Plan
Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid elaborado por el IRSST.
En cumplimiento del presente convenio específico AECIM realizará las siguientes
actuaciones:
2.1 ANUALIDAD 2021
2.1.1

Acciones de asesoramiento

Definidas como el desplazamiento a empresas y centros de trabajo, a iniciativa del
beneficiario, para llevar a cabo acciones de asesoramiento en materia de prevención de riesgos
laborales a terceros (trabajadores, empresarios, particulares, etc.). En todas las visitas se dará
publicidad a las actividades del IRSST.
Las actuaciones tendrán como destinatarias, a las empresas pertenecientes al sector
METAL, que desarrollen actividades con un CNAE relacionado con el ámbito funcional de los
Convenios de Industria y del Comercio del metal de Madrid y con otras actividades industriales en
la Comunidad de Madrid. Se seleccionarán las empresas que por su perfil mejor se adapten a las
actuaciones de asesoramiento propuestas, concertando las visitas preferentemente de forma
telefónica y mediante una campaña de inscripción de las empresas a las actuaciones propuestas
por AECIM según información de circular enviada a las empresas del sector.
En el conjunto de las actuaciones de visitas de asesoramiento a desarrollar en el sector
deben participar centros de trabajo de empresas industriales con los siguientes ratios generales:
Microempresa (< 10 trabajadores): al menos el 40%.
Pequeña (10 > X < 50 trabajadores): al menos el 10 %
Mediana: (50 < X < 250 trabajadores): al menos el 1%

En las actuaciones de visitas de asesoramiento pueda participar un máximo de un 10 % de
empresas del sector consideradas Gran empresa (más de 250 trabajadores).
Se estima que en la ejecución de actuaciones en el año 2021 participen 600 empresas
diferentes.

BOCM-20211021-35

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