D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20211021-35)
Convenio –  Convenio específico de 27 de septiembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2021 y 2022 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 204

JUEVES 21 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 251

De forma general se establecen los siguientes límites:
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Nº máximo de asesoramientos centro de trabajo: 1
Nº mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 250.
Número total de asesoramientos: 250.
Contenido de la visita:
x
Material de apoyo a emplear:
o Cartel divulgativo
o Material impreso (Guías aplicables)
x
Porcentaje de visitas destinadas a autónomo sin trabajadores: 0%
x
Personal para la realización de la actividad: Recursos propios de
AECIM.

G) Asistencia técnica para la prevención de riesgos derivados de la formación de
atmósferas explosivas en centros de trabajo del sector metal.
El objetivo de esta campaña, es analizar el cumplimiento del Real Decreto
681/2003, y las medidas preventivas adoptadas. Se realizará una visita de toma de
datos, en la que se utilizará un cuestionario que permita analizar los siguientes
aspectos:
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Condiciones del centro de trabajo y proceso de fabricación y sus
interacciones.
Identificación y descripción de las instalaciones y equipos de trabajo.
Identificación de sustancias: sustancias líquidas que produzcan vapores
inflamables.
Probabilidad y duración de formación de atmósferas explosivas.
Posible presencia y activación de focos de ignición.

Las empresas recibirán un informe confidencial que les permita gestionar
adecuadamente este riesgo. En este documento se analizará el riesgo de explosión
por zonas clasificadas, se determinará si se adoptan las medidas adecuadas para
lograr establecer las disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad
de los trabajadores expuestos, se establecerán las áreas de riesgo de formación de
atmósfera explosiva, clasificadas en zonas, se verificará si se han adoptado las
medidas necesarias para que los equipos de trabajo se utilicen en condiciones seguras
en las zonas que han sido clasificadas ATEX y se establecerán las medidas
preventivas conforme al Real Decreto RD 681/2003 y medidas preventivas específicas
del centro de trabajo evaluado.
Para el cumplimiento de estos objetivos se realizarán visitas a 70 centros de
trabajo de empresas del sector metal y se elaborará un cartel divulgativo con los
principales riesgos relativos a las atmósferas explosivas en los centros de trabajo. Se
imprimirán 70 ejemplares de este cartel se entregarán preferentemente durante las
visitas, en caso de no ser posible, el excedente de fichas no entregadas en las visitas
se distribuirá entre empresas del sector. El excedente de estos carteles no entregados
en las visitas se distribuirá entre empresas del sector.
Además de las visitas y de la entrega de material, se elaborará un informe global
de actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado para los ítems considerados
como más relevantes en la lista de chequeo.

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Nº máximo de asesoramientos centro de trabajo: 1
Nº mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 70.
Número total de asesoramientos: 70.
Contenido de la visita:
x
Material de apoyo a emplear:
o Cartel informativo
o Material impreso (Guías aplicables)
x
Porcentaje de visitas destinadas a autónomo sin trabajadores: 0%
x
Personal para la realización de la actividad: Recursos ajenos a
AECIM.

BOCM-20211021-35

De forma general se establecen los siguientes límites: