D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20211021-35)
Convenio –  Convenio específico de 27 de septiembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2021 y 2022 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 251

JUEVES 21 DE OCTUBRE DE 2021

Pág. 187

Una de las principales medidas que previene los riesgos laborales derivados del uso
de máquinas es la sistematización de determinadas pautas de mantenimiento y uso del
equipo y el propio conocimiento de los riesgos que supone su manejo.
Para favorecer este conocimiento, se elaborará e imprimirá una tirada de 125 unidades
de un cartel informativo relacionado con el mantenimiento de los equipos de trabajo. El
excedente de carteles no entregados en las visitas se distribuirá entre empresas del sector.
Las empresas participantes recibirán un informe confidencial individualizado de las
máquinas de las que se le hayan analizado en el que se incluya las deficiencias detectadas
en el mantenimiento para cada una de ellas, las condiciones de seguridad correctas que
deben mantenerse, las mejoras que se puedan realizar, además de una instrucción de
trabajo por máquina. Este informe será remitido por correo electrónico.
De forma general se establecen los siguientes límites:
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Asistencia tecnica en materia de exposición a contacto eléctrico y contacto
térmico
Continuando con actuaciones realizadas en años anteriores, se realizará un
asesoramiento técnico especializado a 125 puestos de trabajo del sector (máximo de tres
por centro de trabajo), principalmente a aquellos procesos de conformación por soldadura
de arco y soldadura oxiacetilénica, procesos de arranque de máquinas, en procesos de
fundición, en operaciones con herramientas manuales energizadas, en operaciones de
tratamientos térmicos, operaciones de desengrasado y operaciones de mantenimiento.
Se analizará si existe riesgo de contacto eléctrico en la utilización de equipos de
soldadura eléctrica, contactos eléctricos directos e indirectos, riesgo de quemaduras por
contacto con los objetos calientes que se están soldando, proyección de chispas y
partículas de metal fundido durante las operaciones de soldadura, descargas eléctricas
provocadas por contactos con partes activas de equipos de trabajo, contacto con
electrodos al reemplazarlos, piezas recién cortadas, etc.
Se elaborará un documento de toma de datos para recoger toda la información sobre
la existencia de la evaluación de los riesgos por contacto eléctrico y térmico (riesgo de
quemadura por contacto), y en caso de no existir se identificará el riesgo y se harán las
oportunas recomendaciones preventivas.
Se elaborará un cartel divulgativo que recoja la información relativa al riesgo por
contacto eléctrico y por contacto térmico. Se imprimirán 125 unidades de este cartel. El
excedente de carteles no entregados en las visitas se distribuirá entre empresas del sector.
Cada empresa participante recibirá un informe confidencial con el resultado de la
visita técnica. Este informe será remitido por correo electrónico.
De forma general se establecen los siguientes límites:
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Nº máximo de asesoramientos centro de trabajo: 3
Nº mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 42.
Número total de asesoramientos: 125.
Contenido de la visita:
x
Material de apoyo a emplear:
o Cartel informativo
o Material impreso (Guías aplicables)

BOCM-20211021-35

I)

Nº máximo de asesoramientos centro de trabajo: 3
Nº mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 42.
Número total de asesoramientos: 125.
Contenido de la visita:
x
Material de apoyo a emplear:
o Cartel informativo
o Material impreso (Guías aplicables)
x
Porcentaje de visitas destinadas a autónomo sin trabajadores: 0%
x
Personal para la realización de la actividad: Recursos propios de
AECIM.