D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20211021-30)
Convenio – Convenio de colaboración de 4 de octubre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y el Ayuntamiento de Madrid para la cesión gratuita de la propiedad de las parcelas municipales situadas en calle Ganados del Salobral, número 5 (4.675 m2) y calle Arroyo de la Bulera, número 43 (6.325 m2) y para el otorgamiento de una concesión demanial gratuita de una superficie de 572,00 m2 de la calle Maricara, barrio de Butarque del Distrito de Villaverde, con destino a Instituto de Educación Secundaria
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 84
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 251
Estado de cargas: Según consta en el Proyecto de Reparcelación la parcela está libre
de cargas.
Valoración: La valoración se realiza conforme al RD 1373/2009, de 28 de agosto por
el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Asciende a la cantidad de 91.904 euros.
Por todo cuanto antecede, las partes intervinientes acuerdan suscribir el presente Convenio, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El Ayuntamiento de Madrid, Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, cede mediante
el presente Convenio con carácter gratuito, a la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía), que se compromete a aceptar la titularidad de
las parcelas municipales descritas anteriormente, situadas en calle Ganados del Salobral número 5, de 4.675 m2 de superficie y calle Arroyo de la Bulera número 43 de 6.325 m2 de
superficie, incluidas en el Inventario del Patrimonio Municipal del Suelo con los números
número 25.700 y 25.703 de parcela, para la construcción y gestión de un Instituto de Educación Secundaria, con cuantos derechos sean accesorios e inherentes y libre de cargas.
Segunda.
Objeto. Otorgamiento de concesión demanial
El Ayuntamiento de Madrid, Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, otorga mediante el presente Convenio una concesión demanial, con carácter gratuito y por un plazo de 75
años a favor de la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía), que se compromete a aceptar dicha concesión, de una superficie
de 572.00 m2 del vial denominado calle Maricara, descrita anteriormente, colindante a las
parcelas objeto de cesión gratuita situadas en calle Ganados del Salobral número 5, y en calle Arroyo de la Bulera número 43, para la construcción y gestión de un Instituto de Educación Secundaria, con cuantos derechos sean accesorios e inherentes y libre de cargas.
Dicho espacio será objeto de utilización conforme con su calificación urbanística.
Una vez, finalizada la concesión demanial, si desaparece la afección, la Comunidad de
Madrid deberá restituir la urbanización correspondiente a su estado original.
Tercera
Compromiso de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) como Administración competente en materia educativa, se compromete a destinar
las parcelas las parcelas de uso educativo a la construcción de un Instituto de Educación Secundaria.
Cuarta
La licencia municipal de obra de nueva edificación se deberá solicitar, conforme a las
determinaciones de la normativa urbanística aplicable y a lo dispuesto en la Ordenanza de
Tramitación de Licencias Urbanísticas, en el plazo máximo de 6 meses, a contar desde la formalización de la cesión de la titularidad en escritura pública. El inicio y finalización de las
obras se realizarán en el plazo fijado en la correspondiente licencia. De no contener la licencia indicación expresa sobre dichos plazos, se deberán observar los de un año para iniciar las
obras y tres para la terminación de éstas a contar desde la obtención de dicha licencia.
En cualquier caso, el plazo para la ejecución de la obra y puesta en funcionamiento del
Instituto de Educación Secundaria no podrá exceder, excepto causa de fuerza mayor, de
cinco años contados a partir de la fecha de entrega de la parcela que se producirá con la firma de la Escritura Pública del presente Convenio.
BOCM-20211021-30
Licencia Municipal, inicio y finalización de las obras
Pág. 84
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 251
Estado de cargas: Según consta en el Proyecto de Reparcelación la parcela está libre
de cargas.
Valoración: La valoración se realiza conforme al RD 1373/2009, de 28 de agosto por
el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Asciende a la cantidad de 91.904 euros.
Por todo cuanto antecede, las partes intervinientes acuerdan suscribir el presente Convenio, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El Ayuntamiento de Madrid, Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, cede mediante
el presente Convenio con carácter gratuito, a la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía), que se compromete a aceptar la titularidad de
las parcelas municipales descritas anteriormente, situadas en calle Ganados del Salobral número 5, de 4.675 m2 de superficie y calle Arroyo de la Bulera número 43 de 6.325 m2 de
superficie, incluidas en el Inventario del Patrimonio Municipal del Suelo con los números
número 25.700 y 25.703 de parcela, para la construcción y gestión de un Instituto de Educación Secundaria, con cuantos derechos sean accesorios e inherentes y libre de cargas.
Segunda.
Objeto. Otorgamiento de concesión demanial
El Ayuntamiento de Madrid, Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, otorga mediante el presente Convenio una concesión demanial, con carácter gratuito y por un plazo de 75
años a favor de la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía), que se compromete a aceptar dicha concesión, de una superficie
de 572.00 m2 del vial denominado calle Maricara, descrita anteriormente, colindante a las
parcelas objeto de cesión gratuita situadas en calle Ganados del Salobral número 5, y en calle Arroyo de la Bulera número 43, para la construcción y gestión de un Instituto de Educación Secundaria, con cuantos derechos sean accesorios e inherentes y libre de cargas.
Dicho espacio será objeto de utilización conforme con su calificación urbanística.
Una vez, finalizada la concesión demanial, si desaparece la afección, la Comunidad de
Madrid deberá restituir la urbanización correspondiente a su estado original.
Tercera
Compromiso de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) como Administración competente en materia educativa, se compromete a destinar
las parcelas las parcelas de uso educativo a la construcción de un Instituto de Educación Secundaria.
Cuarta
La licencia municipal de obra de nueva edificación se deberá solicitar, conforme a las
determinaciones de la normativa urbanística aplicable y a lo dispuesto en la Ordenanza de
Tramitación de Licencias Urbanísticas, en el plazo máximo de 6 meses, a contar desde la formalización de la cesión de la titularidad en escritura pública. El inicio y finalización de las
obras se realizarán en el plazo fijado en la correspondiente licencia. De no contener la licencia indicación expresa sobre dichos plazos, se deberán observar los de un año para iniciar las
obras y tres para la terminación de éstas a contar desde la obtención de dicha licencia.
En cualquier caso, el plazo para la ejecución de la obra y puesta en funcionamiento del
Instituto de Educación Secundaria no podrá exceder, excepto causa de fuerza mayor, de
cinco años contados a partir de la fecha de entrega de la parcela que se producirá con la firma de la Escritura Pública del presente Convenio.
BOCM-20211021-30
Licencia Municipal, inicio y finalización de las obras