D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20211021-31)
Convenio –  Convenio de colaboración de 4 de octubre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y el Ayuntamiento de Madrid (Área de Gobierno de Desarrollo Urbano) sobre la constitución y cesión gratuita del derecho de superficie sobre la parcela municipal, delimitada por las calles de Húmera, Río Nela y Arroyo de Pozuelo, número 101, con 15.323,68 m2 de superficie, para la construcción de un Instituto de Educación Secundaria Obligatoria en el distrito de Moncloa-Aravaca de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 251

Octava
Validación del Derecho de Superficie
Para que el Derecho de Superficie quede válidamente constituido, deberá formalizarse en Escritura Pública e inscribirse en el Registro de la Propiedad, de conformidad con lo
señalado en el artículo 53.2 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
La formalización en Escritura Pública se efectuará en el plazo máximo de 3 meses a
contar desde la firma del Convenio y la inscripción en el Registro de la Propiedad en el plazo máximo de 3 meses desde su formalización en Escritura Pública, siendo todos los gastos devengados por cuenta y cargo de la Comunidad de Madrid.
Novena
Carácter patrimonial del Convenio
El presente Convenio de constitución del Derecho de Superficie, tiene carácter patrimonial al recaer sobre un bien perteneciente al Patrimonio Municipal del Suelo, en los términos establecidos en la Ley 9/2001 de 17 de julio de Suelo de la Comunidad de Madrid y
la Ley 33/2003 de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Décima
Responsabilidades del superficiario
El superficiario será responsable de los daños causados a personas o cosas en la vía pública como consecuencia del desarrollo de las obras. Asimismo, será responsable de los
desperfectos en el pavimento de la calzada por acumulación de tierras procedentes de las
obras. Para la realización de las obras dispondrá de marquesinas provisionales, vallas y personal auxiliar para la limpieza viaria.
También responderá de los desperfectos que el personal que ejecute las obras origine
por el uso indebido de los servicios urbanos.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 168.1 de la Ley 9/2001 de 17 de julio, de
Suelo de la Comunidad de Madrid y en el art. 2.2.4 y siguientes de las NN.UU. del
PGOUM/97, Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía deberá mantener la parcela y la construcción en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y
decoro, realizando los trabajos y obras precisas para conservarlos y rehabilitarlos durante
todo el período de vigencia del Derecho de Superficie.
Undécima
Este Convenio se redacta y rige según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 7/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana; en la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid; en la Ley
7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; en el Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales,
aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio; en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre,
del Patrimonio de las Administraciones Públicas; en la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid; en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y demás disposiciones legales que resulten de aplicación.
Serán de aplicación los principios de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
En lo no previsto en la legislación anterior será de aplicación el Derecho civil.
En prueba de conformidad las partes intervinientes firman el presente Convenio con el
Plano anexo.
Madrid, a 4 de octubre de 2021.—El Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, Mariano Fuentes Sedano.—El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y
Portavocía, Enrique Ossorio Crespo.

BOCM-20211021-31

Legislación aplicable al Convenio