D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20211021-38)
Convenio – Convenio de 6 de octubre de 2021, de ayuda humanitaria entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, y la entidad Cruz Roja Española, para el apoyo a la financiación del proyecto “Mitigación del impacto de la crisis generada por la pandemia COVID-19 en la salud y el estado nutricional de las familias vulnerables de San Marcos, Guatemala”
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 251
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 255
Decimotercera
Vigencia
El convenio tendrá vigencia desde el momento de su firma hasta el cumplimiento de
la obligación de justificación de la subvención, no pudiendo exceder dicha obligación de
dieciocho meses desde la fecha de firma.
A estos efectos, se entenderá que el momento de su firma es el día en que el convenio
ha sido suscrito por el último de sus firmantes.
Decimocuarta
Régimen jurídico
Este convenio se formula al amparo del artículo 28 de la LGS y artículo 4.5.c) de la
LSCM, quedando sujeto a las normas imperativas de Derecho Público que regulan los convenios administrativos, las normas reguladoras de las subvenciones y demás que resulten
aplicables, a las que se entiende absolutamente sometido.
Decimoquinta
Protección de datos de carácter personal
Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del
Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) y a la
normativa posterior que lo desarrolle o modifique.
Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del convenio serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.
En particular, las partes se comprometen respetar el deber de secreto, y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a la
que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este convenio, salvo aquella
información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos del presente convenio queda sometido a la mencionada normativa, así como a la vigente en cada momento, de conformidad con los Anexos II y III del mismo.
Decimosexta
Cuestiones litigiosas
BOCM-20211021-38
Dada la naturaleza administrativa del convenio, corresponde conocer de las discrepancias que no hayan podido resolverse en el seno de la comisión mixta de seguimiento a la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
convenio.
Madrid, a 6 de octubre de 2021.—Por la Comunidad de Madrid: el Consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero.—Por Cruz Roja Española: el Secretario Autonómico,
Francisco Gabriel Sánchez Parodi.
B.O.C.M. Núm. 251
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 255
Decimotercera
Vigencia
El convenio tendrá vigencia desde el momento de su firma hasta el cumplimiento de
la obligación de justificación de la subvención, no pudiendo exceder dicha obligación de
dieciocho meses desde la fecha de firma.
A estos efectos, se entenderá que el momento de su firma es el día en que el convenio
ha sido suscrito por el último de sus firmantes.
Decimocuarta
Régimen jurídico
Este convenio se formula al amparo del artículo 28 de la LGS y artículo 4.5.c) de la
LSCM, quedando sujeto a las normas imperativas de Derecho Público que regulan los convenios administrativos, las normas reguladoras de las subvenciones y demás que resulten
aplicables, a las que se entiende absolutamente sometido.
Decimoquinta
Protección de datos de carácter personal
Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del
Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) y a la
normativa posterior que lo desarrolle o modifique.
Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del convenio serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.
En particular, las partes se comprometen respetar el deber de secreto, y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a la
que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este convenio, salvo aquella
información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos del presente convenio queda sometido a la mencionada normativa, así como a la vigente en cada momento, de conformidad con los Anexos II y III del mismo.
Decimosexta
Cuestiones litigiosas
BOCM-20211021-38
Dada la naturaleza administrativa del convenio, corresponde conocer de las discrepancias que no hayan podido resolverse en el seno de la comisión mixta de seguimiento a la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
convenio.
Madrid, a 6 de octubre de 2021.—Por la Comunidad de Madrid: el Consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero.—Por Cruz Roja Española: el Secretario Autonómico,
Francisco Gabriel Sánchez Parodi.