Madrid número 15 (BOCM-20201106-136)
Procedimiento 690/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2020

B.O.C.M. Núm. 272

Una vez se haya procedido a la identificación de las partes, los peritos o testigos identificados abandonarán la conexión hasta que sean avisados telefónicamente para su incorporación en el momento en el que corresponda.
La ubicación de los peritos y testigos deberá ser diferente a la de los letrados actuantes.
B) ACCESO A IDENTIFICACIÓN, en su caso INTENTO DE CONCILIACIÓN y
VISTA DE JUICIO ORAL.
1) A primera hora de la mañana del día de la vista se remitirá a las partes el enlace
de la videoconferencia a los correos electrónicos indicados.
2) Una vez recibido el enlace, deberán efectuar la conexión minutos previos a la
hora señalada (oscilando entre tres y cinco minutos de antelación) Tendrán que esperar la
admisión a la reunión.
3) Presentes todas las partes:
-Si el procedimiento exigiese conciliación previa ante la Letrada de la Administración
de Justicia, se procederá a su celebración en ese mismo acceso. En el supuesto del alcanzarse conciliación, por la Letrada de la Administración de Justicia se expondrán los términos de la misma, manifestando las partes su conformidad. Será convalidada por Decreto al
igual que acontece en sistema presencial.
-Ante la inexistencia de solución consensuada, se pasará a celebración de acto de vista oral, momento en el que se conectará la Magistrada y dará apertura a la celebración telemática de la vista, siguiéndose el mismo orden de intervenciones que en las vistas presenciales y con las mismas formalidades.
4) Tanto la imagen como el sonido se registrarán mediante el equipo de grabación de
vistas del Juzgado, quedando por tanto incorporado al procedimiento con normalidad.
5) A tenor de lo dispuesto en el artículo 22 del indicado Real Decreto Ley, las partes están dispensadas del uso de togas.
6) Será necesaria la colaboración de todos procurando brevedad e inexistencia de
reiteración en las intervenciones.
La utilización de medios novedosos requiere comprensión y colaboración con atención
de puntualidad. En caso de dificultades en la conexión o incidencias técnicas se adoptarán
las medidas oportunas a fin de proceder a la oportuna subsanación.
MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no
sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2513-0000-61-0690-20 y para
pagos en ventanilla 2513-0000-61-0690-20.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez”.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a cuatro de noviembre de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/29.379/20)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20201106-136

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a COMERCIAL AND
PROPERTIES DILO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.