C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20201008-32)
Plan general inspección educativa – Resolución de 29 de septiembre de 2020, de la Viceconsejería de Organización Educativa, por la que se aprueba el Plan General de Actuación de la Inspección Educativa para el curso 2020-2021
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B.O.C.M. Núm. 245
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE OCTUBRE DE 2020
5. Elaboración del Informe global de la Subdirección General de Inspección Educativa, elevado a la Viceconsejera de Organización Educativa.
6.2.3. Evaluación de los asesores de Formación de los Centros de la Red de Formación que deben ser evaluados para continuar en el desempeño de las asesorías.
Correspondencia con áreas prioritarias:
— Organización y funcionamiento de los centros y servicios educativos
Objetivos de la actuación:
1. Evaluar la actividad profesional de los asesores de formación que deban ser valorados al final de este curso escolar con el fin de decidir sobre su continuidad en la comisión
de servicios.
2. Elevar el correspondiente informe.
Carácter de la aplicación:
— Carácter censal, para todos aquellos asesores que deban ser evaluados.
Temporalización:
— Enero-Junio.
Tratamiento de los resultados por la S.G.I.E.:
— Supervisión de una muestra de los informes realizados al objeto de garantizar su
adecuación a los objetivos de la actuación e introducir mejoras en el protocolo, en
su caso.
Indicadores:
1. Porcentaje de informes de evaluación de los asesores de formación sobre el total
previsto en la actuación.
2. Número medio de visitas realizadas a los centros de la Red de Formación del Profesorado para la actuación.
3. Nivel de satisfacción de los Inspectores de educación en el desarrollo de la actuación.
4. Elaboración del Informe Global de la Subdirección General de Inspección Educativa, elevado a la Viceconsejera de Organización Educativa
6.2.4. Evaluación de los directores en su tercer año del primer mandato.
Esta actuación responde a los objetivos incluidos en el punto 5 del anexo II del Plan
General de Actuación del curso 2018-2019. Al no haberse podido finalizar la actuación prevista en el curso 2019-2020 con los directores que cumplían su tercer año de mandato, se
retoma la actuación con dichos directores. Además, durante este curso 2020-2021, se efectuará la misma actuación con los directores que a su vez se encuentren en su tercer año de
mandato.
Correspondencia con áreas prioritarias:
— Organización y funcionamiento de los centros y servicios educativos.
— Resultados académicos.
— La convivencia en los centros docentes.
Objetivos de la actuación:
1. Proponer medidas de mejora que incidan positivamente en el ejercicio de la función directiva.
2. Emitir Informes para la Administración educativa en relación con la labor desarrollada por los directores de los centros.
Carácter de la aplicación:
— Carácter censal, para aquellos directores que se encontraran en el curso 19-20 en su
tercer año del primer mandato y para los directores que se hallen en el curso 20-21
también en su tercer año del primer mandato.
Temporalización:
— Todo el curso.
Tratamiento de los resultados por la S.G.I.E.:
1. Informes realizados al objeto de mejorar la evaluación de la función directiva.
Pág. 133
BOCM-20201008-32
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE OCTUBRE DE 2020
5. Elaboración del Informe global de la Subdirección General de Inspección Educativa, elevado a la Viceconsejera de Organización Educativa.
6.2.3. Evaluación de los asesores de Formación de los Centros de la Red de Formación que deben ser evaluados para continuar en el desempeño de las asesorías.
Correspondencia con áreas prioritarias:
— Organización y funcionamiento de los centros y servicios educativos
Objetivos de la actuación:
1. Evaluar la actividad profesional de los asesores de formación que deban ser valorados al final de este curso escolar con el fin de decidir sobre su continuidad en la comisión
de servicios.
2. Elevar el correspondiente informe.
Carácter de la aplicación:
— Carácter censal, para todos aquellos asesores que deban ser evaluados.
Temporalización:
— Enero-Junio.
Tratamiento de los resultados por la S.G.I.E.:
— Supervisión de una muestra de los informes realizados al objeto de garantizar su
adecuación a los objetivos de la actuación e introducir mejoras en el protocolo, en
su caso.
Indicadores:
1. Porcentaje de informes de evaluación de los asesores de formación sobre el total
previsto en la actuación.
2. Número medio de visitas realizadas a los centros de la Red de Formación del Profesorado para la actuación.
3. Nivel de satisfacción de los Inspectores de educación en el desarrollo de la actuación.
4. Elaboración del Informe Global de la Subdirección General de Inspección Educativa, elevado a la Viceconsejera de Organización Educativa
6.2.4. Evaluación de los directores en su tercer año del primer mandato.
Esta actuación responde a los objetivos incluidos en el punto 5 del anexo II del Plan
General de Actuación del curso 2018-2019. Al no haberse podido finalizar la actuación prevista en el curso 2019-2020 con los directores que cumplían su tercer año de mandato, se
retoma la actuación con dichos directores. Además, durante este curso 2020-2021, se efectuará la misma actuación con los directores que a su vez se encuentren en su tercer año de
mandato.
Correspondencia con áreas prioritarias:
— Organización y funcionamiento de los centros y servicios educativos.
— Resultados académicos.
— La convivencia en los centros docentes.
Objetivos de la actuación:
1. Proponer medidas de mejora que incidan positivamente en el ejercicio de la función directiva.
2. Emitir Informes para la Administración educativa en relación con la labor desarrollada por los directores de los centros.
Carácter de la aplicación:
— Carácter censal, para aquellos directores que se encontraran en el curso 19-20 en su
tercer año del primer mandato y para los directores que se hallen en el curso 20-21
también en su tercer año del primer mandato.
Temporalización:
— Todo el curso.
Tratamiento de los resultados por la S.G.I.E.:
1. Informes realizados al objeto de mejorar la evaluación de la función directiva.
Pág. 133
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