C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20201006-23)
Reglamento enseñanzas propias –  Resolución de 25 de septiembre de 2020, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del Acuerdo de 24 de julio de 2020, del Consejo de Gobierno de la Universidad, por el que se aprueba la modificación del Reglamento de Enseñanzas Propias de la Universidad Rey Juan Carlos
38 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 243

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE OCTUBRE DE 2020

Pág. 113

ello la URJC. La matrícula deberá realizarse de acuerdo a lo indicado en el artículo 24.4 del
presente Reglamento.
8. La entidad a la que se haya cedido la gestión económica, será la responsable de
contratar un seguro de accidentes de los estudiantes matriculados en el curso. Antes de la
fecha de inicio del curso se requerirá a las entidades la justificación de la contratación del
seguro de accidentes de los estudiantes matriculados.
TÍTULO IX
Publicidad de los cursos
Artículo 50
Difusión de los cursos
1. El Vicerrectorado con competencia en enseñanzas propias se encargará de publicitar en la web y la app institucionales de la URJC, y a través de los canales sociales de la
URJC, la oferta de enseñanzas propias de cada curso académico.
2. La dirección del curso podrá publicitar el curso siempre que los gastos generados
estén contemplados en la memoria económica y en el presupuesto final del curso.
3. No se podrá llevar a cabo ninguna acción publicitaria de los cursos hasta que no
hayan sido formalmente aprobados por el Consejo de Gobierno o la Comisión de Enseñanzas Propias, dependiendo del tipo de enseñanza de que se trate. De manera excepcional y
con la aprobación explícita del Vicerrectorado con competencia en enseñanzas propias, los
cursos podrán publicitarse con anterioridad a su aprobación, indicando claramente en dicha
publicidad que la puesta en marcha de dicha enseñanza propia estará condicionada a su
aprobación.
Artículo 51
Diseño de la publicidad
1. Se debe evitar cualquier tipo de confusión con los estudios oficiales de grado y
máster universitario en las acciones de publicidad que se lleven a cabo. La publicidad de
los cursos de enseñanzas propias siempre señalará de forma explícita que se trata de este
tipo de enseñanza.
2. Cuando el desarrollo de una enseñanza propia se haga en colaboración a través de
un convenio con entidades ajenas a la URJC, la promoción de los cursos tendrá que atenerse a las condiciones establecidas en el convenio en cuanto al uso del título y del logotipo, u
otros modos de referencia a la URJC. En ningún caso se podrá utilizar la imagen de la URJC
si no estaba previsto en el convenio, o de forma diferente a como se haya establecido.
3. El uso de elementos de identidad corporativa de la URJC estará sujeto a lo establecido en el Manual de Identidad Visual Corporativa de la URJC.
TÍTULO X
Calidad de las enseñanzas propias
Artículo 52
El Vicerrectorado con competencia en enseñanzas propias, en colaboración con el Vicerrectorado con competencias en materia de calidad, desarrollará y aplicará un Sistema de
Garantía de Calidad para este tipo de enseñanzas, para el cual establecerán los procedimientos y mecanismos de evaluación que permitan detectar necesidades y desarrollar acciones
de mejora continua, con el fin de garantizar la calidad de estas enseñanzas, así como de posibilitar su capacidad de mejora.
Artículo 53
Atención a las quejas, sugerencias y reclamaciones
Por lo que respecta a las quejas, sugerencias y reclamaciones que no estén directamente relacionados con las calificaciones, que no hayan estado atendidas por la dirección del

BOCM-20201006-23

Sistema Interno de Garantía de la Calidad