El Escorial (BOCM-20201005-37)
Organización y funcionamiento. Reglamento presupuestos participativos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 242

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE OCTUBRE DE 2020

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Igualdad y sostenibilidad: No se tendrán en cuenta las iniciativas o proyectos que hagan distinción o segregación, que atenten contra la igualdad de las personas, promuevan el
maltrato animal o cuya implantación suponga algún tipo de deterioro o riesgo para el medio ambiente.
Transparencia: Se establecerán los canales de comunicación e información oportunos
y necesarios para asegurar la transparencia de todo el proceso, desde su apertura hasta el seguimiento de la ejecución de las decisiones adoptadas, habilitándose un espacio en la sede
electrónica al efecto.
Art. 3. Requisitos de participación.—La presentación de propuestas a los Presupuestos Participativos estará abierta a los vecinos empadronados en El Escorial, que tengan 18
años cumplidos a fecha 1 de enero de cada año, estén organizados en asociaciones o a título individual.
También podrán participar en la presentación de propuestas los titulares de actividades económicas censadas en el municipio y los titulares de inmuebles.
TITULO II
Crédito presupuestario
Art. 4. Crédito presupuestario.—El Ayuntamiento de El Escorial reservará cada año
una partida presupuestaria de 100.000 euros para el programa de Presupuestos participativos y siempre sujeto a las disponibilidades presupuestarias del Ayuntamiento. Este crédito
resultará afectado a la ejecución de los proyectos que resulten finalmente elegidos en la votación popular.
TITULO III
Organización
Art. 5. Representación institucional.—El Ayuntamiento estará representado en este
proceso por la Alcaldía o Concejalía-Delegada de Hacienda; será el propio Consistorio
quien liderará y se responsabilizará, tanto a nivel técnico como político, de todas las acciones que se llevan a cabo en el marco de los Presupuestos Participativos.
TITULO IV

Art. 6. Presentación de propuestas.—Los vecinos empadronados mayores de 18 años,
asociaciones, titulares de actividades económicas o inmuebles en El Escorial podrán presentar
sus propuestas de proyectos a incluir en los presupuestos participativos mediante el modelo normalizado que se realizará al efecto. El importe máximo de cada proyecto será de 15.000 euros.
El plazo para la presentación de proyectos comienza el 1 de abril y finaliza el 30 de mayo.
La presentación del proyecto se realizará mediante los registros habilitados al efecto
por el Ayuntamiento.
Art. 7. Causas de inadmisión o exclusión de propuestas.—Con carácter general, serán causas de inadmisión o exclusión de propuestas las siguientes:
1. No estar debidamente identificada la persona que la presenta.
2. No ser una propuesta que se pueda incluir en el capítulo de gastos corrientes o inversiones del presupuesto del Ayuntamiento.
3. Que no sea de la competencia del Ayuntamiento de El Escorial o que sean contrarias al planeamiento o a la legalidad vigente.
4. Que se correspondan con actuaciones en desarrollo o ya previstas.
5. Que el coste estimado de la inversión de la propuesta supere el límite máximo establecido en la convocatoria para su ejercicio individual.
6. Que sean inviables por motivos técnicos, económicos o legales a juicio de los técnicos municipales.
Art. 8. Informe técnico previo.—Una vez recibidas las propuestas de proyectos, se
procederá a comprobar que se ajustan a los requisitos establecidos, siendo necesario informe del departamento oportuno sobre la viabilidad jurídica y económica de la propuesta.

BOCM-20201005-37

Fases del proceso