Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla (BOCM-20201002-104)
Régimen económico. Ordenanza bases ayudas promoción derechos de la infancia
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B.O.C.M. Núm. 239

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE OCTUBRE DE 2020

Art. 5. Publicidad de la convocatoria.—Una vez remitida a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, la convocatoria se publicará en la forma y lugares que determine la
misma, respetando en todo caso lo dispuesto en el artículo 4.
Como mínimo, deberá publicarse el texto íntegro en el tablón de anuncios y en el tablón de edictos electrónico de la Mancomunidad, así como el texto íntegro o en extracto en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Los solicitantes son responsables de la veracidad de los documentos que presenten.
Con carácter excepcional, la convocatoria podrá exigir que determinados documentos se
presenten en original o copia auténtica.
Art. 6. Tipología de las ayudas.—6.1. Ayudas dirigidas al apoyo educativo:
a) Ayudas para la adquisición de libros de texto: se otorgarán ayudas para la compra
total o parcial de libros de texto del curso y periodo escolar que determine la convocatoria anual.
b) Material escolar y gastos de cooperativas escolares para la compra de material
escolar.
Se incluyen dentro del material subvencionado las mochilas, carteras, estuches y
material de papelería (bolígrafos, pinturas, rotuladores, ceras, grapadoras, cuadernos, archivadores, calculadora científica, tóner o cartuchos de tinta para impresoras).
6.2. Ayudas para el apoyo de recursos educativos especiales:
Actividades de apoyo educativo: psicología, logopedia, terapia ocupacional. Previo informe del facultativo sanitario o educativo que corresponda, en el que se acredite la necesidad del apoyo para el normal desarrollo del niño o niña en el ámbito educativo o personal.
6.3. Ayudas que contribuyan a una alimentación saludable:
Ayudas para el pago de comedor escolar: se destinarán al pago por el uso de comedor,
otorgando una cantidad subvencionable por día.
6.4. Ayudas para el desarrollo del ocio y el tiempo libre:
a) Campaña de Reyes: adquisición de juguetes nuevos para el reparto posterior a niños y niñas.
b) Actividades extraescolares.
Art. 7. Cuantía de las ayudas.—7.1. Ayudas dirigidas al apoyo educativo:
a) Ayudas para la adquisición de libros de texto:
— 2.o ciclo de Educación Infantil: 100 euros.
— Educación Primaria: 100 euros.
— Educación Secundaria Obligatoria: 130 euros.
— Educación Especial: 100 euros.
b) Material escolar y gastos de cooperativas escolares para la compra de material
escolar:
— Cooperativas: 50 euros máximo.
— Material escolar: 50 euros máximo.
Las ayudas señaladas en el punto b) son compatibles entre ellas siempre que exista un
informe del centro educativo que indique que dichos gastos son atribuibles a conceptos distintos.
7.2. Ayudas para el apoyo de recursos educativos especiales:
— Actividades de apoyo educativo: psicología, logopedia, terapia ocupacional.
— Pago a empresas o profesionales acreditados para el desarrollo de terapias: Hasta
50 euros al mes durante el curso escolar (septiembre a junio).
7.3. Ayudas que contribuyan a una alimentación saludable:
— Ayudas para el pago de comedor escolar: se destinarán al pago por el uso de comedor, otorgando una cantidad subvencionable por día.
— El importe de la ayuda de comedor escolar para aquellos alumnos que reciban subvención de la Comunidad de Madrid queda establecido en un máximo de 1,50
euros por día y alumno/a.
— El importe de la ayuda de comedor escolar para aquellos alumnos que no reciban
subvención de la Comunidad de Madrid queda establecido en 2 euros por día y
alumno/a.

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