Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla (BOCM-20201002-104)
Régimen económico. Ordenanza bases ayudas promoción derechos de la infancia
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 239

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE OCTUBRE DE 2020

Pág. 251

No están previstas comunicaciones a terceros salvo obligación legal, ni están previstas transferencias a terceros países u organismos internacionales.
Las personas cuyos datos personales sean tratados por la Mancomunidad de Servicios
Sociales Mejorada-Velilla podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión,
oposición y limitación del tratamiento, mediante escrito dirigido a la Mancomunidad de
Servicios Sociales Mejorada-Velilla, plaza de España, número 1, 28840 Mejorada del Campo (Madrid), indicando en el asunto: Ref. Protección de Datos, bien presencialmente o a través de la Sede Electrónica: https://ssmejoradav0lilla.sedelectronica.es/info.0
Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendido podrá presentar una
reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. Sede electrónica: https://sedeagpd.gob.es
Por lo que respecta a todas las cuestiones relativas al tratamiento de sus datos personales los interesados podrán ponerse en contacto con la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla a través de la siguiente dirección de correo electrónico:
— serviciossociales@mejoradadelcampo.org
DISPOSICIÓN FINAL
Única
Comunicación, publicación y entrada en vigor

BOCM-20201002-104

De acuerdo con lo establecido en los artículos 56.1, 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, una vez aprobada definitivamente la
presente ordenanza se dará traslado de sendas certificaciones del correspondiente acuerdo
a la Administración General del Estado, a través de la Delegación del Gobierno en la Comunidad de Madrid, y a la Administración de la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Administración Local.
Previa instrucción del procedimiento establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se remitirá el
acuerdo de aprobación definitiva de la presente Ordenanza, que en su caso adopte la Junta
de la Mancomunidad, con su texto íntegro, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, entrando en vigor el día siguiente a dicha publicación oficial.
Mejorada del Campo, a 18 de septiembre de 2020.—La presidenta, Isabel M. Sánchez
Olmedo.
(03/23.478/20)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791