D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20201002-65)
Autorización oficinas de farmacia –  Resolución de 22 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, por la que se continúa la aplicación de la Resolución de 6 de marzo de 2019 y siguientes, del Director General de Inspección y Ordenación, por la que se autoriza la apertura de nuevas oficinas de farmacia correspondientes a las zonas farmacéuticas recogidas en la Resolución de 5 de marzo de 2018, por la que se abrió un período de concurrencia pública en el procedimiento de adjudicación de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 239

VIERNES 2 DE OCTUBRE DE 2020

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han renunciado a su derecho a la autorización otorgada por no constituir la preceptiva garantía conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 115/1997, de 18 de septiembre.
Segundo
Hacer público en el Anexo II los farmacéuticos adjudicatarios en orden de puntuación de
acuerdo a la Resolución de 6 de marzo de 2019, a los efectos de continuar el procedimiento
de autorización de nuevas oficinas de farmacia iniciado en las siguientes zonas farmacéuticas:
ZONA FARMACÉUTICA
02.01.07 Mejorada del Campo
05.01.10 Algete
06.01.03 Villanueva de la Cañada
08.01.10 Parque Coímbra
08.03.05 Navalcarnero
08.03.06 Sevilla La Nueva
09.02.07 Humanes de Madrid
10.01.01. Torrejón de la Calzada
11.01.02 Ciempozuelos
11.01.08 San Martín de la Vega

NÚMERO DE FARMACIAS
CONVOCADAS POR RESOLUCIÓN
DE 5 DE MARZO DE 2018
3
4
3
8
5
3
3
7
3
2

NÚMERO DE FARMACIAS EN LAS
QUE PROCEDE CONTINUAR EL
PROCEDIMIENTO
2
3
1
2
3
3
2
4
3
1

Al ser la presente Resolución continuación de la aplicación de la Resolución de 6 de
marzo de 2019 de la Dirección General de Inspección y Ordenación en la ejecución del procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia, y no modificarse el
orden de los farmacéuticos que resultan adjudicatarios sino por razón de renuncia de los inicialmente designados a ello y que son los que constan en el Anexo I, serán de aplicación a
todos los efectos, los Resuelvos Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto de dicha
Resolución que se dan por reproducidos en esta.
Tercero

BOCM-20201002-65

La presente Resolución se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en la página web de la Consejería de Sanidad y en el tablón de anuncios de la sede
física de la Consejería de Sanidad, sito en la calle Aduana, número 29, planta baja, de acuerdo con lo establecido en el Resuelvo Quinto de la Resolución de 6 de marzo de 2019, del
Director General de Inspección y Ordenación, por la que se autoriza la apertura de nuevas
oficinas de farmacia correspondientes a las zonas farmacéuticas recogidas en la citada
Resolución de 5 de marzo de 2018.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, salvo en lo que se refiere a
las puntuaciones otorgadas a los adjudicatarios en la anteriormente citada Resolución de 6
de marzo de 2019 y que ya han sido objeto de recurso, podrá interponerse recurso de alzada
ante el Viceconsejero de Humanización Sanitaria en el plazo de un mes contado a partir del día
siguiente al de la publicación de la presente Resolución en los lugares señalados, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 22 de septiembre de 2020.—La Directora-General de Inspección y Ordenación Sanitaria, Elena Martilla García.
(03/23.799/20)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791