D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20201002-65)
Autorización oficinas de farmacia –  Resolución de 22 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, por la que se continúa la aplicación de la Resolución de 6 de marzo de 2019 y siguientes, del Director General de Inspección y Ordenación, por la que se autoriza la apertura de nuevas oficinas de farmacia correspondientes a las zonas farmacéuticas recogidas en la Resolución de 5 de marzo de 2018, por la que se abrió un período de concurrencia pública en el procedimiento de adjudicación de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 239

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE OCTUBRE DE 2020

Pág. 167

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Sanidad
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RESOLUCIÓN de 22 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Inspección
y Ordenación Sanitaria, por la que se continúa la aplicación de la Resolución de 6
de marzo de 2019 y siguientes, del Director General de Inspección y Ordenación,
por la que se autoriza la apertura de nuevas oficinas de farmacia correspondientes
a las zonas farmacéuticas recogidas en la Resolución de 5 de marzo de 2018, por la
que se abrió un período de concurrencia pública en el procedimiento de adjudicación de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia.

De acuerdo a lo dispuesto en las Resoluciones de la Dirección General de Inspección
y Ordenación, de 5 de marzo de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 9 de marzo de 2018), por la que se hicieron públicas las zonas farmacéuticas de la Comunidad de Madrid y el número de oficinas de farmacia cuya apertura procedía autorizar
en cada una de ellas, y de 6 de marzo de 2019 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 15 de marzo de 2019) por la que, una vez resuelto el procedimiento de concurrencia pública, se procedió a autorizar la apertura de las nuevas oficinas de farmacia correspondientes a las zonas farmacéuticas recogidas en la citada Resolución de 5 de marzo
de 2018 a favor de los solicitantes que resultaron con mayor puntuación entre todos los concurrentes en dicho procedimiento, cabe señalar los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
La Resolución de 6 de marzo de 2019, de la Dirección General de Inspección y Ordenación, autorizó la apertura de 42 nuevas oficinas de farmacia en las 11 zonas farmacéuticas recogidas en la Resolución de 5 de marzo de 2018.
En el Anexo de la misma se incluía el listado de los solicitantes admitidos y la puntuación
obtenida por ellos en cada una de las zonas farmacéuticas convocadas en las que participaban,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.3 del Decreto 115/1997, de 18 de septiembre, por
el que se establecen la planificación farmacéutica, los criterios de valoración de conocimientos
académicos y experiencia profesional, los horarios y turnos de guardia y el procedimiento en
materia de autorizaciones de oficinas de farmacia en la Comunidad de Madrid.

La referida Resolución de 6 de marzo de 2019, en sus Resuelvos Segundo, Tercero y
Cuarto, señalan las actuaciones que, conforme al artículo 14 del Decreto 115/1997, de 18
de septiembre, y el artículo 24.2 de la Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordenación y
Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid, deben realizar los farmacéuticos a los
que les corresponde la autorización de una nueva oficina de farmacia, atendiendo al orden
de puntuación expresado en el Anexo de la misma.
Asimismo, en el Resuelvo Quinto, se indica que en los supuestos recogidos en los artículos 14.2, 15.2 y 15.3 del Decreto 115/1997, de 18 de septiembre, sobre renuncia y caducidad, se procedería a comunicar, mediante Resolución de la Dirección General, a los siguientes farmacéuticos adjudicatarios por orden de puntuación la situación resultante, a los
efectos de que estos pudieran iniciar, en los términos recogidos en el mencionado decreto,
el procedimiento de constitución de garantía y la posterior designación de local.
Tercero
Por Resolución de la Dirección General de Inspección y Ordenación de 28 de junio de 2019
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de julio de 2019), se hizo pública
la relación de farmacéuticos adjudicatarios (Anexo I), que a esa fecha habían renunciado a
sus derechos en relación con la autorización otorgada por no haber efectuado la constitu-

BOCM-20201002-65

Segundo