B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20200930-7)
Concurso de traslados – Resolución de 22 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca concurso de traslados voluntario a plazas de personal estatutario de la categoría de Fisioterapeuta del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 237
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2020
Pág. 83
En el caso de no cumplir con este requisito, por no participar en este concurso de
traslados, no solicitar todas las plazas ofertadas en su categoría, desistir de su solicitud o renunciar a la plaza adjudicada, será declarado de oficio en situación de
excedencia voluntaria, debiendo permanecer en tal situación al menos dos años
para poder solicitar un nuevo reingreso provisional o bien para poder participar en
un posterior concurso de traslados.
2.3. De conformidad con lo previsto en el artículo 6.e) del Real Decreto 184/2015,
de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su
actualización, el acceso a las categorías de referencia mediante la participación en el concurso de traslados precisará que el concursante se encuentre encuadrado, en su categoría de origen, en la especialidad o categoría específica en que se oferten plazas. Ello será así para que
no se pueda producir, en ningún caso, el acceso de un efectivo a otra categoría distinta de la
que procede y en la que ostenta la condición de personal estatutario fijo y se producirá en los
casos en los que así viene especificado en el Anexo VI de la presente convocatoria.
2.4. De conformidad con el artículo 13, párrafo 5, de la Ley Orgánica 1/1996, de 15
de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de
la Ley de Enjuiciamiento Civil, es requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye
la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
2.5. Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán poseerse el
día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse a lo largo de todo
el proceso hasta la toma de posesión en la plaza adjudicada. En caso contrario, se perderán
todos los derechos derivados de la convocatoria.
Tercera
3.1. Cumplimentación:
3.1.1. La solicitud para participar en este concurso se ajustará al modelo oficial que
acompaña a la presente convocatoria, deberá cumplimentarse de forma telemática: mediante el formulario que estará a disposición de los interesados en la página web www.comunidad.madrid/servicios/salud/concurso-traslados-serviciomadrileno-salud, o desde el Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid.
La presentación de la solicitud deberá realizarse en los términos dispuestos en la
base 3.2.
3.1.2. En el formulario/modelo oficial de solicitud se deberán consignar con exactitud
los datos personales y profesionales que en el mismo se indican, así como la relación, por orden de preferencia, de las plazas solicitadas.
El apartado 2 del formulario “Datos del/de la representante”, únicamente habrá
de ser cumplimentado en el supuesto de que, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, la solicitud sea firmada por el/la representante que actúa en nombre del interesado. En este caso, y a los únicos efectos
de presentar la solicitud, deberá aportarse el modelo de autorización adjunto a
esta convocatoria (Autorización de representación) y que se encuentra disponible
asimismo, en la página web www.comunidad.madrid/servicios/salud/concursotraslados-servicio-madrileno-salud siguiendo la secuencia establecida para la
cumplimentación de la solicitud. De no cumplimentarse correctamente dicha
autorización, se procederá a la exclusión provisional del interesado del proceso,
sin perjuicio de lo establecido en la base 5.3 de esta Resolución.
En el apartado 5 del formulario “Documentación requerida”, deberán marcarse
las casillas que correspondan a la documentación que se acompaña a la solicitud.
3.1.3. A efectos del cumplimiento de lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatiza-
BOCM-20200930-7
Solicitud
B.O.C.M. Núm. 237
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2020
Pág. 83
En el caso de no cumplir con este requisito, por no participar en este concurso de
traslados, no solicitar todas las plazas ofertadas en su categoría, desistir de su solicitud o renunciar a la plaza adjudicada, será declarado de oficio en situación de
excedencia voluntaria, debiendo permanecer en tal situación al menos dos años
para poder solicitar un nuevo reingreso provisional o bien para poder participar en
un posterior concurso de traslados.
2.3. De conformidad con lo previsto en el artículo 6.e) del Real Decreto 184/2015,
de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su
actualización, el acceso a las categorías de referencia mediante la participación en el concurso de traslados precisará que el concursante se encuentre encuadrado, en su categoría de origen, en la especialidad o categoría específica en que se oferten plazas. Ello será así para que
no se pueda producir, en ningún caso, el acceso de un efectivo a otra categoría distinta de la
que procede y en la que ostenta la condición de personal estatutario fijo y se producirá en los
casos en los que así viene especificado en el Anexo VI de la presente convocatoria.
2.4. De conformidad con el artículo 13, párrafo 5, de la Ley Orgánica 1/1996, de 15
de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de
la Ley de Enjuiciamiento Civil, es requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye
la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
2.5. Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán poseerse el
día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse a lo largo de todo
el proceso hasta la toma de posesión en la plaza adjudicada. En caso contrario, se perderán
todos los derechos derivados de la convocatoria.
Tercera
3.1. Cumplimentación:
3.1.1. La solicitud para participar en este concurso se ajustará al modelo oficial que
acompaña a la presente convocatoria, deberá cumplimentarse de forma telemática: mediante el formulario que estará a disposición de los interesados en la página web www.comunidad.madrid/servicios/salud/concurso-traslados-serviciomadrileno-salud, o desde el Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid.
La presentación de la solicitud deberá realizarse en los términos dispuestos en la
base 3.2.
3.1.2. En el formulario/modelo oficial de solicitud se deberán consignar con exactitud
los datos personales y profesionales que en el mismo se indican, así como la relación, por orden de preferencia, de las plazas solicitadas.
El apartado 2 del formulario “Datos del/de la representante”, únicamente habrá
de ser cumplimentado en el supuesto de que, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, la solicitud sea firmada por el/la representante que actúa en nombre del interesado. En este caso, y a los únicos efectos
de presentar la solicitud, deberá aportarse el modelo de autorización adjunto a
esta convocatoria (Autorización de representación) y que se encuentra disponible
asimismo, en la página web www.comunidad.madrid/servicios/salud/concursotraslados-servicio-madrileno-salud siguiendo la secuencia establecida para la
cumplimentación de la solicitud. De no cumplimentarse correctamente dicha
autorización, se procederá a la exclusión provisional del interesado del proceso,
sin perjuicio de lo establecido en la base 5.3 de esta Resolución.
En el apartado 5 del formulario “Documentación requerida”, deberán marcarse
las casillas que correspondan a la documentación que se acompaña a la solicitud.
3.1.3. A efectos del cumplimiento de lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatiza-
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