Alcobendas (BOCM-20200929-34)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 236

MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020

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9. Admisión de aspirantes
9.1. Listado provisional: Expirado el plazo de presentación de instancias, el órgano
competente de la Corporación dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación de las
causas de exclusión. Dicha resolución deberá publicarse, en todo caso, en el Tablón de
Edictos del Ayuntamiento y en la web municipal (www.alcobendas.org).
9.2. Plazo de subsanación y publicación del listado definitivo: Las personas excluidas expresamente, así como quienes no figuren en la relación de admitidos/as ni en la de
excluidos/as, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a
la publicación de la Resolución a que se refiere la base 9.1, a fin de subsanar el defecto que
haya motivado su exclusión o su no inclusión.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a
ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso de selección. En caso de no existir reclamación, se elevará automáticamente a definitiva.
Una vez finalizado el plazo de subsanación, el órgano competente de la Corporación
dictará Resolución aprobatoria de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos,
que deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Tablón de Edictos y web municipal del Ayuntamiento de Alcobendas (www.alcobendas.org).
La publicación de dicha Resolución contendrá como Anexo único, la relación nominal de
personas aspirantes excluidas, con indicación de las causas de inadmisión, así como los lugares donde se encuentren expuestas al público las listas certificadas y completas de personas aspirantes admitidas y excluidas con carácter definitivo.
Asimismo, en dicha Resolución se hará pública la designación de los miembros que
componen el Tribunal Calificador.
La publicación de la Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
El resto de publicaciones que se deriven de los actos integrantes del presente procedimiento selectivo, se efectuará a través del Tablón de Edictos del Ayuntamiento y de la
web municipal (www.alcobendas.org).

10.1. Composición: El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas estará constituido por un número impar de miembros, no inferior a cinco, quedando dicho Tribunal compuesto de la siguiente manera:
— Presidente: un funcionario/a del Ayuntamiento de Alcobendas, del subgrupo C1 o
superior.
— Secretario: un funcionario/a del Ayuntamiento de Alcobendas, del subgrupo C1 o
superior.
— Vocales:
d Titular: un vocal, funcionario/a del Ayuntamiento de Alcobendas, del subgrupo
C1 o superior.
d Titular: un vocal, funcionario/a del Ayuntamiento de Alcobendas, del subgrupo
C1 o superior.
d Titular: un vocal, funcionario/a del Ayuntamiento de Alcobendas, del subgrupo
C1 o superior.
d Titular: un vocal, funcionario/a designado por la Comunidad de Madrid, del
subgrupo C1 o superior.
Su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad y
tenderá a la presencia equilibrada de mujeres y hombres.
10.2. Clasificación del Tribunal Calificador: El Tribunal Calificador de las pruebas
selectivas, quedará incluido en la categoría segunda conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio.
10.3. Designación: La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los
respectivos suplentes. No podrá formar parte del Tribunal el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual. Todos los miembros
del Tribunal deberán poseer titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso
a las plazas convocadas y ser funcionarios de carrera. Asimismo, el Tribunal no podrá estar formado mayoritariamente por funcionarios pertenecientes al mismo Cuerpo, Escala,
Subescala y categoría objeto de la selección. La pertenencia al Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

BOCM-20200929-34

10. Órganos de selección