Alcobendas (BOCM-20200929-34)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 236
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020
Pág. 107
12. Curso selectivo de formación
12.1. Será requisito indispensable, en cuanto segunda fase del proceso selectivo, superar un Curso Selectivo de Formación impartido por el Ayuntamiento de Alcobendas cuya
duración no será inferior a tres meses.
Dicho curso irá dirigido al aprendizaje de la normativa específica de aplicación en el
Ayuntamiento de Alcobendas, la cultura organizacional del Cuerpo de Policía Local, protocolos de actuación, manejo de herramientas tecnológicas y demás cuestiones relevantes
para una correcta prestación del servicio de seguridad de la ciudad de Alcobendas. El aprendizaje de dichos conocimientos será puntuable.
De este modo, se realizarán evaluaciones de los conocimientos impartidos para constatar el aprendizaje en especial del conocimiento de la normativa municipal y de funcionamiento interno del Cuerpo, así como de la ciudad de Alcobendas, su entorno y problemática.
El curso selectivo se puntuará de 0 a 10, siendo necesario obtener un mínimo de 5 para
superarlo. La valoración del mismo se realizará por el Tribunal Calificador a la vista de la
propuesta emitida por el órgano competente de la Delegación de Seguridad ciudadana, Protección Civil, Movilidad y Transportes.
Por otra parte durante el Curso Selectivo se realizarán prácticas tuteladas en las que se
desarrollarán las tareas que normalmente corresponden a los Policías del Cuerpo de la Policía Local de Alcobendas y se valorarán las habilidades generales y las destrezas profesionales requeridas para el correcto desempeño de la actividad policial. Esta fase del curso selectivo no será puntuable. La valoración se realizará por el Tribunal Calificador como
“apta/apto” o “no apta/ no apto”, a la vista del informe razonado que habrá de realizar la
persona tutora del o de la aspirante.
También se tendrá en cuenta la conducta de las personas aspirantes durante el Curso
Selectivo, su nivel de implicación y participación, responsabilidad, actitud positiva y colaboradora, disciplina, dedicación, corrección en el trato con la ciudadanía y con quienes ostenten puestos de mando, y con las compañeras y con los compañeros, así como el cumplimiento de las órdenes y todo ello referido tanto al desarrollo del Curso Selectivo como en
el comportamiento de la persona aspirante fuera del mismo y del que se tenga conocimiento por cualquier medio.
Esta fase del curso selectivo no será puntuable. La valoración se realizará por el Tribunal Calificador, como “apta / apto” o “no apta / no apto”, a la vista del informe razonado
que habrá de realizar la persona tutora del o de la aspirante.
12.2. Concluido dicho curso, el personal funcionario perteneciente a Cuerpos de
otras Policías Locales de la Comunidad de Madrid volverá a desempeñar su puesto de trabajo en dichas Administraciones hasta tanto se produzca el nombramiento como funcionaria o funcionario de carrera en la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Alcobendas.
12.3. Quienes habiendo superado la fase de concurso no logren superar el Curso Selectivo de Formación tendrán opción, por una sola vez, a realizarlo en la siguiente convocatoria que realizase el Ayuntamiento de Alcobendas, siempre que la no superación del curso se debiera a motivos involuntarios y debidamente justificados previa valoración libre por
el Tribunal Calificador. En este supuesto se respetará la calificación definitiva obtenida en
la fase de concurso, y se perderán los derechos entonces adquiridos si en esta segunda ocasión no superase el curso selectivo. Si por el contrario superase el curso de formación, su
posición en el escalafón tendrá lugar con la nueva promoción con la que efectivamente supere el curso, y para la obtención de la calificación definitiva del proceso de movilidad sin
ascenso se considerará la calificación que en su día obtuvo en la fase de concurso y la correspondiente al curso selectivo.
La calificación definitiva del procedimiento de movilidad vendrá dada por la suma de la
calificación obtenida en la fase de concurso y la correspondiente al Curso Selectivo de Formación, estableciéndose en tal suma la siguiente ponderación: (CM × 0,40) + (CS × 0,60),
donde CM es la calificación obtenida en la fase de concurso y CS es la calificación obtenida
en el Curso Selectivo de Formación.
En caso de empate al formarse la lista, este se dirimirá en función de quien haya sacado
mejor puntuación en el Curso Selectivo de Formación. De persistir el empate, este se solventará por la persona del sexo que se encuentre infrarrepresentada en la categoría a la que se accede. Si aun así persistiera el empate, este se resolverá por el orden alfabético del primer ape-
BOCM-20200929-34
13. Calificación definitiva del proceso de movilidad
B.O.C.M. Núm. 236
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020
Pág. 107
12. Curso selectivo de formación
12.1. Será requisito indispensable, en cuanto segunda fase del proceso selectivo, superar un Curso Selectivo de Formación impartido por el Ayuntamiento de Alcobendas cuya
duración no será inferior a tres meses.
Dicho curso irá dirigido al aprendizaje de la normativa específica de aplicación en el
Ayuntamiento de Alcobendas, la cultura organizacional del Cuerpo de Policía Local, protocolos de actuación, manejo de herramientas tecnológicas y demás cuestiones relevantes
para una correcta prestación del servicio de seguridad de la ciudad de Alcobendas. El aprendizaje de dichos conocimientos será puntuable.
De este modo, se realizarán evaluaciones de los conocimientos impartidos para constatar el aprendizaje en especial del conocimiento de la normativa municipal y de funcionamiento interno del Cuerpo, así como de la ciudad de Alcobendas, su entorno y problemática.
El curso selectivo se puntuará de 0 a 10, siendo necesario obtener un mínimo de 5 para
superarlo. La valoración del mismo se realizará por el Tribunal Calificador a la vista de la
propuesta emitida por el órgano competente de la Delegación de Seguridad ciudadana, Protección Civil, Movilidad y Transportes.
Por otra parte durante el Curso Selectivo se realizarán prácticas tuteladas en las que se
desarrollarán las tareas que normalmente corresponden a los Policías del Cuerpo de la Policía Local de Alcobendas y se valorarán las habilidades generales y las destrezas profesionales requeridas para el correcto desempeño de la actividad policial. Esta fase del curso selectivo no será puntuable. La valoración se realizará por el Tribunal Calificador como
“apta/apto” o “no apta/ no apto”, a la vista del informe razonado que habrá de realizar la
persona tutora del o de la aspirante.
También se tendrá en cuenta la conducta de las personas aspirantes durante el Curso
Selectivo, su nivel de implicación y participación, responsabilidad, actitud positiva y colaboradora, disciplina, dedicación, corrección en el trato con la ciudadanía y con quienes ostenten puestos de mando, y con las compañeras y con los compañeros, así como el cumplimiento de las órdenes y todo ello referido tanto al desarrollo del Curso Selectivo como en
el comportamiento de la persona aspirante fuera del mismo y del que se tenga conocimiento por cualquier medio.
Esta fase del curso selectivo no será puntuable. La valoración se realizará por el Tribunal Calificador, como “apta / apto” o “no apta / no apto”, a la vista del informe razonado
que habrá de realizar la persona tutora del o de la aspirante.
12.2. Concluido dicho curso, el personal funcionario perteneciente a Cuerpos de
otras Policías Locales de la Comunidad de Madrid volverá a desempeñar su puesto de trabajo en dichas Administraciones hasta tanto se produzca el nombramiento como funcionaria o funcionario de carrera en la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Alcobendas.
12.3. Quienes habiendo superado la fase de concurso no logren superar el Curso Selectivo de Formación tendrán opción, por una sola vez, a realizarlo en la siguiente convocatoria que realizase el Ayuntamiento de Alcobendas, siempre que la no superación del curso se debiera a motivos involuntarios y debidamente justificados previa valoración libre por
el Tribunal Calificador. En este supuesto se respetará la calificación definitiva obtenida en
la fase de concurso, y se perderán los derechos entonces adquiridos si en esta segunda ocasión no superase el curso selectivo. Si por el contrario superase el curso de formación, su
posición en el escalafón tendrá lugar con la nueva promoción con la que efectivamente supere el curso, y para la obtención de la calificación definitiva del proceso de movilidad sin
ascenso se considerará la calificación que en su día obtuvo en la fase de concurso y la correspondiente al curso selectivo.
La calificación definitiva del procedimiento de movilidad vendrá dada por la suma de la
calificación obtenida en la fase de concurso y la correspondiente al Curso Selectivo de Formación, estableciéndose en tal suma la siguiente ponderación: (CM × 0,40) + (CS × 0,60),
donde CM es la calificación obtenida en la fase de concurso y CS es la calificación obtenida
en el Curso Selectivo de Formación.
En caso de empate al formarse la lista, este se dirimirá en función de quien haya sacado
mejor puntuación en el Curso Selectivo de Formación. De persistir el empate, este se solventará por la persona del sexo que se encuentre infrarrepresentada en la categoría a la que se accede. Si aun así persistiera el empate, este se resolverá por el orden alfabético del primer ape-
BOCM-20200929-34
13. Calificación definitiva del proceso de movilidad